Una pareja de esposos —Washington Edison T. C. y Karina Elizabeth C. L.— fue procesada por su presunta participación en el delito de desaparición involuntaria.
Él quedó con prisión preventiva, mientras la mujer tendrá que presentarse todas las semanas ante las autoridades y no podrá salir del país.
Las investigaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas los señala como los ejecutores de la desaparición del ciudadano Carlos Oswaldo S. P., la tarde del 21 de octubre de 2022, después de aceptar una carrera en su taxi, en el sector de El Camal, en el sur de Quito.
Ante la jueza de Garantías Penales, Adriana Jhaya, en audiencia de formulación de cargos, el fiscal Jorge Arévalo expuso los elementos de convicción levantados durante la investigación previa.
A través de las pericias practicadas a varios videos registrados por cámaras de seguridad, se descubrió que un auto circulaba —desde El Camal— adelante del taxi secuestrado, abriéndole paso por las vías que se dirigen hacia el sector de Tambillo.
La investigación determinó que la propietaria de dicho vehículo es Karina Elizabeth C. L. Al verificar la ruta técnica de la línea telefónica de la procesada, esta coincidió con el recorrido que siguió el taxi, lo que confirmó la teoría de Fiscalía.
Además, al investigar al esposo de la sospechosa, se determinó que Washington Edison T. C. tiene ocho detenciones anteriores por robo de vehículos.
Entonces, Fiscalía lideró un operativo para allanar el inmueble de la pareja en Machachi. Al registrarlo se encontraron documentos personales del ciudadano Carlos Oswaldo S. P.
Los sospechosos habrían contado su modo de operar: abordar el vehículo perfilado para robar, amenazar y someter al conductor, amarrarlo y botarlo en la quebrada seleccionada. Lo mismo habría sucedido con Carlos.
Al verificar el lugar señalado por los procesados —una quebrada entre Tambillo y Machachi—, Fiscalía encontró osamentas y ropa que han sido levantadas y puestas en cadena de custodia por Criminalística, que serán sometidas a pericias de ADN para confirmar su identidad.
La instrucción fiscal durará noventa días.
El delito de desaparición involuntaria está tipificado en el artículo 163.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).