El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció la ampliación de los plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias, en respuesta a la emergencia causada por la temporada de lluvias.
La medida se aplicará para los contribuyentes con domicilio principal en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena, Loja y Azuay.
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De este modo, de manera excepcional, los contribuyentes podrán presentar las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Retenciones en la Fuente correspondientes al período fiscal de enero de 2025 hasta abril del mismo año, sin multas, recargos ni intereses, según el siguiente detalle:
Adicionalmente, las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y los contribuyentes especiales, cuyo domicilio principal se encuentre en las provincias mencionadas, podrán presentar la declaración del IVA y Retenciones en la fuente, correspondientes a enero de 2025, hasta el mes de abril de 2025 (sin multas, recargos ni intereses), de acuerdo con la siguiente tabla:
El SRI también aclaró que, cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.
Mientras que, los pagos realizados con anterioridad a las fechas establecidas en la presente resolución, por concepto de multas e intereses, no serán objeto de devolución.