Por incumplimientos en la recolección de la basura en Quito, entre 2018 y 2019, la Contraloría General del Estado (CGE) confirmó una glosa contra funcionarios de la Empresa Pública Metropolitana de Aseo (Emaseo).
El organismo de control determinó una responsabilidad civil de $ 3’529.720, por el monto del perjuicio a la empresa metropolitana. La sanción se desprende del examen especial a la declaratoria de emergencia emitida en la Emaseo de febrero de 2018.
Según la Contraloría, la empresa metropolitana realizó pagos a los contratistas por el servicio de recolección de residuos sólidos en volquetas, sin documentos que sustenten el cálculo de los desembolsos a los contratistas.
La responsabilidad recayó en siete funcionarios de la Emaseo y tres contratistas. La auditoría estableció que no se utilizaron criterios técnicos para determinar el tipo de vehículos, volumen de carga, tiempo de servicio y pago de jornadas, por lo que no se justificaron desembolsos por el monto de la glosa.
Además, para calcular los pagos, se multiplicó el peso neto de los residuos sólidos por el volumen de carga de las volquetas. Tampoco se consideraron las dimensiones reales de los cajones de los vehículos y se cancelaron los mismos valores por todas las volquetas, aunque tenían capacidades distintas y transportaron cargas diferentes.
Según el contrato, el transporte mínimo debió ser de ocho toneladas netas por jornada o de cuatro toneladas netas por viaje. Pero, se evidenció el incumplimiento de esta condición a través de los tickets de pesaje de las estaciones de transferencia de residuos sólidos, que registraron pesos que van desde las 0.72 hasta las 2.05 toneladas netas, diarias.
La Contraloría determinó que los funcionarios no planificaron la cantidad específica de volquetas necesarias para cumplir el objeto contractual, el tiempo de servicio para la recolección y el transporte de residuos sólidos. En los expedientes tampoco constaron respaldos de las mediciones y monitoreo del servicio.
Al momento, los sancionados tienen el derecho de interponer un recurso de revisión, en sede administrativa, ante la Contraloría General del Estado o en los tribunales de lo Contencioso Administrativo.