La jueza de la Unidad de Familia, Niñez y Adolescentes, Raquel Herrera, rechazó, por improcedente, la acción de protección presentada por la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, en contra de cinco miembros del Consejo de Administración Legislativa (CAL).
Con esta decisión judicial, se mantiene en pie la evaluación a la gestión de Llori que realiza la comisión pluripartidista ad hoc, aprobada por el Pleno de la Legislación.
La diligencia se llevó a cabo cerca de las 09:00 de este martes 10 de mayo e 2022. El procurador jurídico de la Asamblea, Santiago Salazar, actuó en representación de Llori.
La legisladora Johanna Moreira (ID) celebró el fallo, y manifestó que esto ratifica que las actuaciones del CAL, al calificar la denuncia del asambleísta Esteban Torres (PSC) por incumplimiento de funciones, fueron legítimas.
"Por tanto la comisión ad hoc deberá resolver según la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) con total transparencia y apegado a la ley, la denuncia que pesa en su contra", señaló.
Por su parte, Llori rechazó la negación de su denuncia, y advirtió que apelará la sentencia porque considera que sus derechos sí fueron vulnerados. La funcionaria aún no explica si se defenderá frente a la comisión que le ha puesto la lupa sobre su gestión.