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Enfoque

Respaldo profesional ante cambios tributarios

Los estudios jurídicos especializados en el ámbito tributario brindan el soporte necesario a las empresas para que puedan cumplir con la nueva normativa impositiva.

martes, 29 marzo 2022 - 13:06
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Los estudios jurídicos especializados en el ámbito tributario brindan el soporte necesario a las empresas para que puedan cumplir con la nueva normativa impositiva.

La Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, vigente a partir del 29 de noviembre de 2021, tiene como principal finalidad incrementar la recaudación tributaria y reducir el gasto fiscal.

Con relación a la recaudación tributaria, se crearon las contribuciones temporales sobre el patrimonio de las sociedades cuando este sea igual o mayor a cinco millones de dólares. Otro aspecto que contempla la reforma es la eliminación de incentivos tributarios, reducción en la tarifa de impuesto a la renta por reinversión de utilidades, exoneraciones a las nuevas inversiones productivas e industrias básicas, proyectos públicos en asociación público-privada, microempresas, y otros.

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La reforma también ha incorporado deducciones adicionales, con el fin de incentivar el uso de tecnología de construcción sustentable, y la publicidad y patrocinio a deportistas, programas deportivos y fomento a las artes y cultura. También busca promover la ejecución de proyectos de protección, conservación, restauración y reparación ambiental, así como el apoyo a instituciones sin fines de lucro enfocadas en la erradicación de la desnutrición infantil y atención de madres gestantes.

Adicionalmente, se establece por única vez, el régimen impositivo para la regularización de activos en el exterior, que no se hayan tributado en el Ecuador. Mario Prado, socio fundador de Estudio Jurídico Prado, menciona que un aspecto novedoso que introdujo la reforma se refiere a la transacción en materia tributaria, que conlleva una negociación entre las Administraciones Tributarias y los contribuyentes.

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La negociación se debe realizar a través de centros de mediación y mediadores calificados por el Consejo de la Judicatura. Esta transacción puede involucrar la obligación tributaria y sus accesorios, así como mediar sobre las formas de pago.

“Este mecanismo de extinción de obligaciones conlleva una oportunidad para reducir la litigiosidad y descongestionar la administración de justicia, a la vez que al Fisco le permite optimizar la recaudación tributaria”, explica Prado, quien también cree que los resultados de este mecanismo deberán ser evaluados dentro de un horizonte de tiempo prudencial, con el fin de determinar los beneficios para las partes.

Dentro del segmento de comercio exterior, Andrea Moya, socia de la firma CorralRosales, destaca la exoneración de impuesto a la salida de divisas y de tributos al comercio exterior aplicables en la importación de activos y de materia prima.

Moya resalta que otro cambio importante en materia aduanera fue la exclusión del valor del flete para el cálculo de los derechos arancelarios. “De esta manera se espera morigerar el efecto del significativo aumento de los fletes en el mercado mundial y reducir su impacto en el costo de las mercaderías importadas”, asegura.

Nuevos participantes

Otra novedad establecida en la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal es que se establece un régimen simplificado para emprendedores y negocios populares (RIMPRE) que tiene como principal característica el pago de impuesto a la renta sobre la base de ingresos brutos por la actividad de la microempresa.

Patricio Ortega, socio líder de Derecho Tributario y Comercio Exterior en Sempértegui Abogados, recalca que si bien este régimen reduce significativamente las obligaciones formales de los contribuyentes, su tarifa reducida no toma en cuenta los resultados que generen dichos negocios.

En torno a los diferentes cambios generados en la ley, Ortega indica que el caso de compañías y personas denominadas grandes contribuyentes, las principales inquietudes tienen que ver con la aplicación de la contribución al patrimonio, el régimen de regularización de activos en el exterior y la forma de aplicación del procedimiento de mediación para resolver conflictos tributarios. Mientras que, en el caso de las microempresas, se han incrementado de forma relevante las consultas sobre la devolución de IVA no compensado por retenciones en la fuente.

$!“Los principales cambios de la ley tienen que ver con la creación de una ‘contribución temporal al patrimonio’ que grava a empresas que tuvieron cinco millones de dólares o más de patrimonio en el 2020. Este pago afecta directamente su flujo de caja, sin importar si en los ejercicios, en que se debe realizar el pago, la compañía generará ganancias”, indica Patricio Ortega de Sempértegui Abogados.

Ante estos puntos y otras modificaciones establecidas en la ley, es importante que los sujetos obligados se encuentren debidamente informados de la normativa tributaria y sus reformas, aprovechando sus beneficios e incentivos y cumpliendo sus obligaciones de manera oportuna.

*Lea este y otros temas especializados en asesoría legal en Revista Enfoque. Ya en circulación junto a Revista Vistazo.

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