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Nacional

No es legal cobrar recargos en pagos con tarjetas de crédito o débito: ¿dónde denunciar el cobro?

Ninguna norma legal en Ecuador autoriza recargos cuando se paga con tarjetas de crédito o débito.

miércoles, 6 abril 2022 - 12:34
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Ninguna norma legal en Ecuador autoriza recargos cuando se paga con tarjetas de crédito o débito. Así lo confirmó la Defensoría del Pueblo, este martes 5 de abril de 2022.

La Institución Nacional de Derechos Humanos, a través de su Delegado Provincial del Guayas, Freddy Viejó, se reunió con los representantes de la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, Superintendencia de Bancos, Gobernación y Banco Central, para analizar alternativas, en el marco de las competencias de cada entidad, sobre las denuncias realizadas por la ciudadanía.

Se reportó sobre el caso de establecimientos comerciales que hacen una diferenciación de precios en pagos al contado y con tarjetas de crédito, incrementando así el precio con este último método de pago, entre un 4% y un 14%.

El delegado de la Defensoría exhortó a todos los centros comerciales y a todas las personas que ejercen actividad de comercio que "exhiban al ingreso de sus instituciones que se debe de cobrar tanto con tarjeta de crédito o pago al contado el mismo valor que muestran en sus perchas y no pueden hacer ningún cobro adicional".

La Ley del Consumidor impide "recargar valores" a quienes usen este medio de pago en lugar de efectivo. Por lo que al culminar la reunión se concluyó lo siguiente:

1.- Se ratifica que ninguna norma legal autoriza el recargo cuando se paga con tarjeta de crédito o débito;

2.- Las denuncias por estos hechos se las debe presentar en las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos, las que lleguen a conocimiento de la Defensoría del Pueblo serán remitidas a estas instituciones;

3.- En los contratos suscritos entre la entidad emisora y el establecimiento comercial consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al usuario final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor, si se viola esta cláusula se deja sin efecto tales contratos y se comunica a la Superintendencia de Bancos para que notifique a todas las instituciones del sistema financiero y el establecimiento no podrá operar con tarjetas;

4.- Se realizarán campañas a través de los canales comunicacionales institucionales, para que la ciudadanía conozca sus derechos y para que los establecimientos exhiban en un sitio visible la prohibición de recargas adicionales por pagos con tarjetas de crédito;

5.- Que la comisión que debe pagar el establecimiento, no el usuario, es del 4% por tarjeta de crédito y el 2% por tarjeta de débito;

6.- Se realizarán recorridos y controles para verificar que los establecimientos cumplan con la ley y en caso de detectarse infracción que puedan ser materia de acciones penales, se pondrá en conocimiento de la Fiscalía;

7.- Que estos hechos se pueden denunciar a los jueces de contravenciones por violar el Art. 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor y sean sancionados conforme a la misma;

8.- Que se exhortará a las Cámaras empresariales para que hagan conocer a sus agremiados la prohibición de recargo por tarjeta de crédito; y

9.- Se convocará a los Gerentes de las instituciones financieras y Defensores al Cliente, para analizar estrategias y canales que permitan atender los reclamos y proteger a los consumidores.

Por último, la Defensoría del Pueblo enfatizó que "se mantiene vigilante del cumplimiento de la Ley y para que los derechos de la ciudadanía sean respetados".

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