El despido intempestivo se da cuando el empleador decide poner fin a un contrato de trabajo sin el consentimiento del empleado, sin previo aviso y, generalmente, sin justificación alguna.
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Esta práctica, aunque permitida en ciertos casos dentro de la Ley, deja al trabajador en una situación vulnerable, puesto que queda desempleado sin que haya mediado su consentimiento, y por ende, su estabilidad económica se ve ampliamente afectada.
De acuerdo con el artículo 188 del Código de Trabajo, cuando el despido es intempestivo e injustificado, el empleador tiene la obligación de indemnizar al trabajador por esta terminación.
Según el texto legal referido, el monto de la indemnización se basa en la última remuneración recibida por el trabajador, y su cálculo varía según el tiempo de servicio del empleado en la empresa.
Para aquellos que hayan trabajado tres años o menos, la indemnización corresponderá a un monto equivalente a tres meses de salario.
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Para quienes hayan laborado más de tres años, el cálculo se realiza considerando un mes de salario por cada año completo de servicio, sin que el total pueda superar los veinticinco meses de salario.
Si el trabajador ha laborado una fracción de año, esta será considerada como un año completo a efectos del cálculo de la indemnización.