El Tribunal de Garantías Penales de Manabí negó la suspensión condicional de la pena solicitada por Alexandra N., exdirectora del Centro de Reclusión Social de Jipijapa, quien fue sentenciada, el pasado 22 de abril, a cuatro años de prisión por el delito de concusión, en calidad de autora directa.
Alexandra N. fue procesada en noviembre de 2020, por el delito de concusión, tipificado y sancionado en el artículo 281, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Durante la audiencia, desarrollada el miércoles 2 de junio, la fiscal del caso, Leonela Rodríguez, solicitó al Tribunal que la pretensión de la procesada sea rechazada y fundamentó el pedido señalando que, la ahora sentenciada, siendo servidora pública, actuó en virtud de una potestad estatal y abusando de su cargo exigía gratificaciones a las personas privadas de libertad (PPL), para su beneficio económico.
Las juezas Romina Vera, Enny Zambrano y Narcisa Santana, acogieron el pedido de Fiscalía y negaron la solicitud debido a la modalidad y gravedad de la conducta, por lo cual no se cumplirían los requisitos dispuestos en el artículo 630 del COIP.
Alexandra N. L., exdirectora del CRS de Jipijapa, guarda prisión desde el 6 de noviembre de 2020, cuando fue detenida tras un allanamiento liderado por Fiscalía.
La exfuncionaria fue denunciada por solicitar dinero a PPL a cambio de agilitar el trámite para acceder a garantías penitenciarias y no dañar sus hojas de vida con sanciones.