Una persona privada de la libertad (ppl) fue sentenciada por ingresar artículos prohibidos dentro de un centro de detención en Guayaquil. Por el mismo caso, constan como procesados guías penitenciarios y funcionarios del Servicio de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI).
En una audiencia de procedimiento abreviado, un Juez de Garantías Penales acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y emitió sentencia condenatoria de cuarenta meses de prisión contra Jorge Francisco M. A., por su participación en el delito.
En este caso, inicialmente, diez personas fueron procesadas entre ellas el director del Centro de Detención Provisional (CDP) Guayas No.5, guías penitenciarios y funcionarios del SNAI. No obstante, luego de la investigación, Fiscalía anunció que emitirá dictamen abstentivo contra cuatro de ellas.
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En la audiencia, el fiscal del caso presentó las pruebas recopiladas en la investigación, entre ellas, las versiones de funcionarios y guías del centro penitenciario, el parte informativo y de aprehensión, los informes investigativos y la cadena de custodia de los indicios encontrados, inspección ocular técnica, entre otros.
El 4 de agosto pasado, personal militar y policial realizó un operativo de requisa de objetos prohibidos en el Centro de Privación de Libertad Femenino Guayas No. 2 y en el CDP No. 5, en el contexto del estado de excepción.
En las oficinas administrativas del SNAI, ubicadas en el CDP No. 5, se encontraron treinta armas cortas, dos armas largas tipo fusil, 849 municiones de diferentes calibres, dos explosivos, 169 terminales celulares, ocho radios de comunicación, dieciséis módems de internet, diecinueve cargadores de pistola y fusil, cinco botellas de licor, 6.210 gramos de marihuana, 4.355 gramos de cocaína y más de 2.000 dólares en efectivo.
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Por lo que, en audiencia de flagrancia y formulación de cargos, del 5 de agosto, un juez de Garantías Penales Especializada para el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado dictó prisión preventiva para todos los aprehendidos.
Fiscalía procesa este caso según lo establece el artículo 275, incisos 3, 4 y 5, del Código Orgánico Integral Penal, que señala que si quien ingresa artículos prohibidos es un funcionario público, la sanción podría ascender hasta catorce años de pena privativa de libertad.