Un periodista deportivo fue secuestrado por un grupo de cinco individuos armados, entre los cuales se encontraban tres adolescentes. El hecho ocurrió el miércoles 6 de noviembre en el norte de Guayaquil.
Según la denuncia ingresada por la víctima, él se dirigía a la casa de sus hijos en la ciudadela Guayacanes, cuando, al estacionarse, fue interceptado por unos sujetos que lo obligaron a bajarse de su vehículo para luego subirlo al automotor de los presuntos secuestradores.
Al mismo tiempo, otros miembros de la banda criminal abordaron el vehículo de la víctima y se dieron a la fuga. Un patrullero policial que presenció el hecho intentó detener a los secuestradores, quienes dispararon contra los agentes.
En el operativo, los agentes lograron neutralizar a los presuntos delincuentes, capturando a tres de ellos, mientras que dos más lograron huir. Los adolescentes, de 16 y 17 años, fueron retenidos y trasladados a la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), y puestos a disposición de las autoridades judiciales.
En la audiencia de flagrancia y formulación de cargos, la Fiscal de la Unidad de Menores Infractores del caso presentó los elementos de convicción recabados, que determinarían la presunta participación de los procesados en los hechos investigados.
Entre los elementos constan: el parte informativo y de aprehensión, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la versión y denuncia de la víctima, y las evidencias recolectadas (armas de fuego, celulares y dos vehículos).
El Juez de Menores Infractores de la Unidad Judicial Florida Norte acogió el pedido de Fiscalía y dictó internamiento preventivo para tres adolescentes por su presunta participación en el delito de secuestro extorsivo. Además, dispuso treinta días para el cierre de la instrucción fiscal.
Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 162 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de secuestro extorsivo con penas de trece a dieciséis años de prisión.
Sin embargo, al tratarse de personas menores de edad, y en aplicación del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, la sanción corresponde a internamiento preventivo de cuatro a ocho años, cuando los delitos cometidos sobrepasan la pena privativa de diez años.