El presidente Guillermo Lasso renovó por 30 días el estado de excepción a nivel nacional por grave conmoción interna. El Decreto Ejecutivo 890 señala que se mantienen los mismos términos establecidos en los decretos ejecutivos 841 y 843 del 10 de agosto, los cuales fueron firmados un día después del asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio.
"Con ello garantiza la intervención de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en el combate al crimen organizado y delincuencia común", indicó la Secretaría de Comunicación de la Presidencia.
Entre las disposiciones se encuentra la suspención de derechos de inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia a nivel nacional. Además, de notificar la renovación de la declaratoria de estado de excepción a la Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional, a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y a la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Esta decisión del Ejecutivo se da días después de que siete detenidos involucrados en el asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio fueron asesinados al interior de las cárceles. Estos crímenes provocaron cambios al interior de la Policía Nacional y del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI).
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El sábado, Lasso se reunió con el Comité de Seguridad, luego se anunció en un comunicado la "reorganización" de la cúpula policial al tiempo que se separaría del cargo al comandante general de la institución, el General Fausto Salinas, al director de investigaciones de la misma, el General Alain Luna, y al director de la autoridad carcelaria, Luis Ordóñez.
"Ni complicidad ni encubrimiento, aquí se conocerá la verdad", dijo el gobernante el viernes en su cuenta de X tras regresar de urgencia de un viaje a Nueva York, donde se hallaba por motivos personales.
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Con la renovación del estado de excepción por 30 días se mantienen en vigencia varias medidas extraordinarias como:
- La movilización, en todo el territorio nacional, de todas las entidades de la Administración Pública Central e Institucional, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
- La coordinación de acciones para que las Fuerzas Armadas apoyen a la Policía Nacional.
- Suspender el derecho a la inviolabilidad de domicilio en todo el territorio nacional. Esto consiste en la posibilidad de realizar inspecciones y requisas por la fuerza pública.
- Suspender el derecho a la inviolabilidad de correspondencia enviada o recibida.
- Disponer las requisiciones a las que haya lugar.
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deberán observar el estándar del uso legítimo de la fuerza y los principios aplicables. En tal sentido, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas quedan autorizadas para hacer uso legítimo y excepcional de la fuerza en contextos de control del orden público, protección interna y seguridad ciudadana.
- En el ámbito de sus competencias, los gobiernos autónomos descentralizados deberán apoyar y coordinar con la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas, el Ministerio del Interior y la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado.
- El Ministerio de Economía y Finanzas asignará los recursos suficientes de excepción.