En el cantón Gualaceo, provincia de Azuay, un agente de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) ha sido llamado a juicio por su presunta implicación en el delito de concusión.
Según lo expuesto por la titular de la Fiscalía, al mediodía del 21 de enero de 2024 se produjo un choque entre una camioneta y un auto en el sector El Carmen de Bullcay. Los dos conductores se bajaron y verificaron que no se trataba de daños graves, por lo que decidieron retirarse del lugar.
En ese momento llegó un patrullero de la CTE, en el que se encontraban George de Jesús Z. (sospechoso) y otros dos agentes. Solicitaron al conductor del auto los documentos correspondientes; sin embargo, este no pudo presentar la licencia de conducir requerida.
Por esta razón el conductor fue detenido e ingresado al patrullero, en compañía de su mamá. El imputado (George de Jesús Z.) condujo el vehículo del detenido y todos se dirigieron hasta el canchón de la CTE, situado en Gualaceo.
Allí, el procesado le mencionó a la madre del detenido que le iban a practicar una prueba de alcoholemia y que luego –supuestamente– lo llevarían a un centro de privación de libertad, donde podría estar preso entre cinco y siete años. También, que para todos los trámites relacionados a la defensa de su hijo iba a necesitar al menos 4.000 dólares.
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La señora le contestó que no tenían esa cantidad de dinero. Entonces, George de Jesús Z. le habría solicitado la entrega de 1.000 dólares para dejar en libertad a su hijo en ese momento. Finalmente le dijo que podía recibir 500 dólares y que le daba media hora para que consiga esta cantidad.
La madre regresó con los 500 dólares, mismos que habría entregado al investigado. En ese momento, él habría dado la orden que liberen al conductor.
El hecho fue denunciado con agentes de la Policía, a quienes la mamá les entregó el teléfono de su hijo, el cual fue utilizado para grabar la conversación que mantuvo ella con George de Jesús Z., durante la entrega del dinero.
Minutos después, los agentes aprehendieron a George de Jesús Z.
En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, Fiscalía presentó como elementos de convicción: las versiones del conductor, de su madre y de los agentes que tomaron procedimiento y practicaron el reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias.
También, pericias de audio y video, y documentación remitida por la CTE que certifica que el acusado es funcionario de la institución y que el día de los hechos fue designado para conducir la patrulla.
Luego de escuchar los argumentos expuestos por Fiscalía, el Juez de la causa dictó auto de llamamiento a juicio y ratificó la orden de prisión preventiva contra el imputado y las medidas de protección a favor de la víctima.
George de Jesús Z. es procesado con base en el artículo 281, inciso 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de concusión con privación de libertad de cinco a siete años.