Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, un Tribunal de Garantías Penales de Pichincha sentenció a nueve años de pena privativa de libertad a Jhonny A. y Angélica A., y seis años de cárcel a María E. y a Johanna Z. por el delito de lavado de activos.
El caso fue conocido por la Fiscalía luego de que la Unidad de Análisis Financiero (UAFE) emitiera un Reporte de Operaciones Inusuales Injustificadas (ROII) en los movimientos crediticios otorgados por una entidad financiera en Quito, detectados tras la intervención de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
La investigación previa inició en enero de 2018, en la que se evidenciaron varios esquemas de perjuicio o defraudación a la Cooperativa, relacionados con créditos otorgados en la provincia de Orellana y en una de las agencias de Quito.
Además, se identificaron irregularidades en los certificados de depósito a plazo fijo, de lo que se colige la existencia de perjuicio económico para la entidad financiera.
Los ahora sentenciados –tres exfuncionarios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Francisco de Asís y una beneficiaria de créditos de depósito a plazo fijo– desviaron dichos fondos de la entidad a cuentas personales, por lo que se registró un incremento en sus activos que no pudo ser justificado.
La audiencia de juicio se desarrolló durante varias semanas, desde septiembre de 2021, y finalmente el viernes 25 de marzo los jueces emitieron su resolución.
Durante la diligencia, el agente fiscal Dennis Villavicencio, de la Fiscalía Antilavado de Activos N° 5, presentó como pruebas ante los magistrados: los informes y testimonios de las pericias de análisis económico, financiero, tributario, patrimonial y forense, entre otros; además de los testimonios de directivos de la Cooperativa y testigos que conocían de dichas operaciones inusuales, junto a la prueba documental. Todo, en su conjunto, probó la existencia del delito.
En su resolución, el Tribunal dictó medidas de comiso sobre los bienes de los sentenciados, por concepto de multa y de reparación integral al Estado, equivalente al duplo del monto total de lavado de activos, que en este caso asciende a 4’616.603,17 dólares.