Por el asesinato de dos policías del Grupo de Operaciones Motorizadas (GOM) en Guayaquil, tres personas (una de ellas de nacionalidad venezolana) fueron procesadas por su presunta participación en el delito.
Fueron detenidos en un operativo ejecutado tras la muerte violenta de los uniformados, que cumplían con un procedimiento, la noche del martes 21 de noviembre en el sur de la ciudad, cuando los atacaron.
Los ahora procesados huyeron –primero– en una motocicleta que abandonaron en las calles García Moreno, entre Gómez Rendón y Maldonado, para después subirse a una camioneta y trasladarse con rumbo incierto.
Junto a la motocicleta se encontró un cartel impreso con el texto “Mafia del centro motorizados de Guayaquil, por faltar y robar al CJNG nadie les roba...”.
No obstante, en horas de la madrugada del miércoles, personal policial que ejecutaba un operativo ubicó el vehículo en el que se fugaron: estaba incinerado en la vía Perimetral, a la altura del Cementerio Metropolitano.
Los uniformados –apoyados por las cámaras de seguridad del ECU 9-1-1 y del Municipio de Guayaquil– confirmaron que las tres personas que viajaban en el automotor se encontraban kilómetros más adelante.
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La Policía aprehendió a los sospechosos, que fueron trasladados a la Unidad Judicial Cuartel Modelo y puestos a órdenes de Fiscalía para la audiencia respectiva.
En la audiencia de flagrancia, la fiscal del caso presentó como elementos de convicción: los partes informativo y de aprehensión, versiones de los agentes aprehensores, acta de levantamiento de cadáveres y de autopsia practicados a las víctimas, y las evidencias recopiladas en el lugar de los hechos.
El Juez de Garantías Penales de turno acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva contra Wilmer Leonardo B. T., Pedro Xavier Z. Z. y Neomar Moisés S. V. (de nacionalidad venezolana), girando las respectivas boletas de encarcelamiento para su posterior traslado a la Penitenciaría del Litoral. La instrucción fiscal durará treinta días.
Fiscalía procesa este caso con base en el artículo 140, numeral 10, segundo inciso, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.