Con 87 votos a favor y 31 abstenciones, la Asamblea Nacional aprobó este jueves 3 de diciembre el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Movilidad Humana que, entre otras modificaciones, plantea la posibilidad de la deportación de extranjeros que tengan sentencias ejecutoriadas por delitos sancionados con tres a cinco años de prisión.
La norma propone también que sean deportados quienes alteren y pongan en riesgo la tranquilidad y paz ciudadana, o alteren el orden público.
Además de añadir estas dos causales de deportación, se incorporaron 12 razones más para inadmitir el ingreso de una persona al territorio nacional, entre esas a quienes representen un riesgo o amenaza a la seguridad pública y estructura del Estado, señala un comunicado de la Asamblea Nacional.
El correísmo y legisladores cercanos a esta bancada consideran que varios de estos cambios vulneran la ciudadanía universal y la libre movilidad. Dicen que las reformas son regresivas e inconstitucionales, publica Ecuavisa.
El texto abarca además cambios en los procesos de regularización de extranjeros en el país, visas humanitarias, pasaportes y naturalización.
Dentro de la ley se incorpora el Consejo Nacional para la Igualdad de la Movilidad Humana que tendrá la rectoría del control migratorio.
En total se reformaron 104 artículos, se incorporaron 18, se modificaron 82 y ocho fueron eliminados.
Ahora, estas reformas pasan al presidente de la República para su sanción final. Si Moreno no tiene observaciones entra en vigencia, si las tiene, el texto regresa a la Asamblea.