A través del acuerdo MDT 2022-0041, el Ministerio del Trabajo fijó en 447,41 dólares el valor del llamado salario digno, una compensación económica que reciben trabajadores y extrabajadores de todas las empresas que tuvieron utilidades en 2021.
El valor actual es el mismo que fue calculado para el año pasado. El Ministerio de Trabajo había establecido un monto menor, pero la ley no lo permite, por lo que se decidió usar la misma cifra que en 2021.
Desde 2009, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones establece que el salario digno debe ser pagado por las empresas hasta el 31 de marzo de cada año.
La idea de esta compensación es asegurar que los empleados puedan cubrir el costo de la Canasta Familiar Básica (CDB), que es calculada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
¿CÓMO SE CALCULA ESTE PAGO?
Para conocer si un trabajador debe recibir el salario digno es necesario hacer una suma de los siguientes componentes:
1. Sueldo o salario mensual.
2. Decimotercera remuneración dividida para doce.
3. Decimocuarta remuneración dividida para doce.
4. Comisiones variables que pague el empleador a los trabajadores.
5. Monto de la Participación del trabajador en utilidades de la empresa de conformidad con la Ley, divididas para doce.
6. Beneficios adicionales percibidos en dinero por el trabajador por contratos colectivos, que no constituyan obligaciones legales, y las contribuciones voluntarias periódicas hechas en dinero por el empleador a sus trabajadores.
7. Fondos de reserva.
Al sumar todos los ingresos antes mencionados el valor debería ser igual o superior al monto fijado por el Ministerio de Trabajo, si esto no sucede, la empresa deberá entregar a sus trabajadores la compensación económica fijada por la Cartera de Estado como salario digno.
Este valor se halla al calcular un salario que cubra la canasta básica, y dividiéndolo para 1,6 posibles perceptores de cada familia. Por ejemplo, en este año se tomó en cuenta los 712 dólares de canasta básica de 2021 divida para 1,6 perceptores que resulta en 445,41. Pero como la ley establece que no puede ser menor, se usa el valor del año pasado.
¿CÓMO SE HACE EL PAGO?
Para saldar esta compensación económica el empleador deberá destinar hasta el 100% de sus utilidades del ejercicio económico anterior al pago.
Si las utilidades no alcanzaran para cubrir las compensaciones económicas a cada trabajador, se repartirá la totalidad de las utilidades del empleador a los trabajadores en partes proporcionales.