La madrugada de este viernes 3 de septiembre de 2021, agentes de la Policía Nacional y Fiscalía ejecutaron 8 allanamientos entre Guayaquil y Quito, en el marco de una investigación por presunta concusión relacionada con la asambleísta Bella Jiménez.
Uno de los operativos fue llevado a cabo dentro del Legislativo, específicamente en el despacho de la segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional, que fue allanado para recabar indicios que podrían aportar en las indagaciones.
Según ha denunciado el legislador, Fernando Villavicencio, existen mensajes de WhatsApp y audios en donde “se puede apreciar las conversaciones para gestionar cargos públicos”.
“Toda esta información se entregó a la presidenta de la Asamblea, Guadalupe Llori, y simultáneamente, a la Fiscal General del Estado. Aquí está la información bancaria, aquí está el pedido de vinculación del ciudadano como asesor 2 de la Vicepresidencia del Parlamento”, manifestó Villavicencio, al referirse a una transferencia de $ 3.000 a la cuenta del hijo de la asambleísta, para presuntamente otorgar un puesto en el Parlamento.
Comisión de Ética
En el marco de la sustanciación de la denuncia en contra de la asambleísta Bella Jiménez, segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional, por la presunta gestión de cargos públicos, el Comité de Ética avocó conocimiento de las acusaciones de los legisladores Alejandro Jaramillo y Victoria Desintonio.
El asambleísta Jaramillo acusa a la legisladora de infringir el artículo 127 numeral 3 de la Constitución, en tanto que la parlamentaria Desintonio basa su argumento en el artículo 163 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que tratan sobre la prohibición de gestionar cargos públicos y sobre los ingresos que no sean los correspondientes a la función de los legisladores.
La mesa legislativa resolvió por unanimidad unificar las dos denuncias y notificar a las partes denunciantes y asambleísta Jiménez, para que pueda ejercer su derecho a la defensa y presente sus pruebas de descargo, conforme lo determina la Ley Orgánica de la Función Legislativa.