Este jueves 3 de febrero a partir de las 10h00, se reinstalará en la Asamblea Nacional la sesión del pleno No. 758, en la que se tratará el informe para segundo debate del Proyecto de Ley Orgánica que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación.
Este proyecto fue presentado por la Defensoría del Pueblo en cumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional que analizó la constitucionalidad de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal, relativos a la penalización del aborto consentido en casos de mujeres víctimas de violación.
En la último debate, realizado el pasado 25 de enero, luego de la lectura del informe preparado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, la presidenta del Parlamento, Guadalupe Llori, destacó que las coordinaciones de bancadas y las autoridades de la Asamblea consideraron importante contar con el tiempo necesario para el análisis y elaboración de propuestas que mejoren el texto para segundo debate, por ello suspendió la sesión.
Al análisis sobre la nueva legislación también se han sumado las declaraciones del presidente de la República, Guillermo Lasso, de que puede vetar la legislación si excede el mandato de la Corte Constitucional.
El nudo crítico de la temporalidad, para la interrupción del embarazo en casos de violación, ha sido debatido en algunas sesiones. El informe de mayoría de la comisión parlamentaria establece tres plazos:
-Al tratarse de niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de violación, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta las 22 semanas de gestación.
-Mujeres y personas gestantes de 18 años en adelante víctimas de violación, la interrupción voluntaria del embarazo se podrá realizar hasta las 20 semanas.
-En el caso de personas con discapacidad mental víctimas de violación, se observará lo dispuesto en la Guía de Práctica Clínica denominada “Atención del Embarazo Terapéutico”, expedido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
El proyecto de ley incluye entre otros aspectos legales que no sea necesaria una denuncia, examen o declaración previa para que se pueda acceder a la interrupción del embarazo producto de una violación.
En cuanto a la objeción de conciencia, especifica que el galeno que se niegue a practicar un aborto deberá remitir a la paciente con otro médico a fin de facilitar el procedimiento y evitar pactos individuales o colectivos.
Otro informe, llamado de minoría, plantea como límite para realizar un aborto las seis semanas de gestación para mujeres mayores a 18 años y hasta 12 semanas de gestación para niñas, adolescentes menores a 18 años, mujeres de la ruralidad y mujeres con discapacidad.
Además, el de minoría contempla la objeción de conciencia institucional e indica que “en ejercicio de la libertad de empresa, tanto de los socios como de las entidades de salud privada, se respetará la libertad de determinar qué tipo de servicios, procedimientos e intervenciones ofrecerá cada entidad (...). En ejercicio del mismo derecho y de la libertad de asociación, las entidades de salud están facultadas a manifestar una objeción institucional para no practicar la interrupción voluntaria del embarazo, especialmente cuando conste de su objeto social o ideario institucional una incompatibilidad con la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación. ”.
El asambleísta, Ricardo Vanegas, uno de los proponentes del informe de minoría, exhortó a todos los asambleístas "a cumplir integralmente la sentencia dictada por la corte constitucional y establecer plazos razonables para la interrupción del embarazo en 12 semanas, denuncia penal y objeción de conciencia".
A la sesión del Legislativo, que se realizará de forma presencial, están convocados los 137 asambleístas, a quienes les tocará decidir si se permite el aborto por violación a las 22 o a las 12 semanas de gestación, como plazo máximo.