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Asamblea aprueba ley para la desconexión digital luego de la jornada laboral, pese a objeción de Daniel Noboa

LA LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR EL ACOSO LABORAL IRÁ AL REGISTRO OFICIAL.

miércoles, 8 mayo 2024 - 13:48
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El Pleno del Parlamento resolvió la objeción parcial al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las Modalidades de Trabajo. Ratificaron el texto en varios de los artículos que fueron objetados por el presidente Daniel Noboa, entre ellos la desconexión digital laboral.

Prevenir y erradicar todo tipo de acoso y violencia en el trabajo, y defender los derechos de quienes se enfrentan a vulneraciones diarias en sus espacios laborales, son los principales objetivos de las reformas al Código del Trabajo y a la Ley del Servicio Público, que en los próximos días serán publicadas en el Registro Oficial. Esta ley establece un procedimiento para tramitar las quejas y denuncias por acoso y violencia en los espacios de trabajo.

La asambleísta María Teresa Pasquel, ponente del informe e integrante de la Comisión Permanente de Derecho al Trabajo y la Seguridad Social, argumentó que la objeción del Primer Mandatario inobservó fallos de la Corte Constitucional, respecto al acoso laboral, la Constitución de la República, el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Convención Interamericana para los Derechos Humanos, Convención Belém Do Pará para Erradicar la Violencia contra la Mujer, Ley contra la Violencia a la Mujer, así como los principios de igualdad, seguridad jurídica, acceso a la justicia, celeridad, derecho a la defensa y debido proceso planteadas por los asambleístas como legitimas y pertinentes.

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Resaltó que la ley recoge las visiones de trabajadores, empleadores, directivos, autoridades y de los legisladores, para afianzar las garantías de derechos constitucionales sobre el trabajo, para asegurar el desarrollo de las personas en el ámbito laboral, al tiempo que resaltó la necesidad de respetar los tiempos de descanso de los trabajadores y defendió la opción de que tiene el trabajador para la desconexión digital luego de la jornada laboral.

“La violencia y el acoso laboral comprende también la no desconexión digital, el desacato a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su privacidad de la intimidad personal y familiar”, dice la normativa que fue ratificada por el Pleno.

Según el proyecto, además los trabajadores participarán en la elaboración de la reglamentación interna y notificarán al ente rector con la decisión consensuada y existe la obligación de realizar programas de prevención de la violencia y el acoso.

Se define el concepto de violencia y acoso en materia laboral, como todo tipo de comportamiento y prácticas inaceptables, incluidas las amenazas, las cuales pueden ser hasta consideradas actos discriminatorios.

Para ello, crea normas para prevenir todo acto de violencia, acoso sexual, discriminación, intimidación, violencia física, exposición a riesgos laborales, acoso psicológico, acoso laboral y discriminación salarial.

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