Luego de que en agosto pasado, el presidente de la República Guillermo Lasso, ordenara el cese de cuatro generales de la Policía Nacional, entre ellos Víctor Araus, este último presentó una denuncia en contra de la Comandante General de la Policía Nacional, Tannya Varela.
En su denuncia, Araus relata como antecedentes que el pasado 13 de julio se le notificó sobre la evaluación para el ascenso al grado de general, que hicieron el exministro de Gobierno, César Monge (+), y Varela, en su calidad de inspector general.
Luego de aquello, Araus solicitó copias certificadas del acta de la reunión mantenida entre Varela y Monge, para corroborar si efectivamente esa reunión se dio o no.
"Como respuesta a mi requerimiento recibí varias evasivas y una razón (...) en la que se certifica que la reunión se dio entre las 09h30 a las 11h00 el día, 13 de julio de 2021, por vía telemática y telefónica. Esta situación me forzó a interponer una acción constitucional de habeas data para que me certifiquen cuál fue la plataforma digital utilizada para la reunión telemática, así como el link usado para la reunión tantas veces cuestionada", puntualizó en su denuncia.
Y añade que "con asombro recibí como respuesta que la supuesta reunión telemática que decidía mi futuro y el de tres generales más, se dio por WhatsApp y que por tanto no existe ningún tipo de registro, ni grabación, ni el número del que se hizo la llamada, mucho menos el número que receptó esta llamada. Esto funda potencialmente mi sospecha que la reunión entre Varela y Monge jamás tuvo lugar".
Araus pide a la Fiscalía investigar un presunto delito de falsificación de documento (por falsedad ideológica), "pues aparentemente se fingió una reunión con el fallecido ministro César Monge, quien vale recalcar, el 14 de julio del 2021, renunció al cargo por su delicado estado de salud".
Lasso cesa a cuatro generales de Policía Nacional por no cumplir requisitos para el ascenso
En su decreto, Lasso indicó que los servidores policiales en mención habían sido sometidos a una evaluación de pruebas técnicas de confianza, pero no cumplieron con los requirimientos exigidos en el artículo 94 del Código Orgánicos de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.