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Nacional

Lasso decreta estado de excepción en la provincia de El Oro y en la ciudad de Guayaquil por "calamidad pública"

miércoles, 14 julio 2021 - 14:33
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Por motivo de "calamidad pública" debido a la detección de casos positivos de las variantes Delta y Delta Plus de la COVID-19, el presidente de la República Guillermo Lasso decretó, este miércoles 14 de julio de 2021, el estado de excepción en la provincia de El Oro y en la ciudad de Guayaquil.

"Declárese el estado de excepción en la provincia de El Oro y la ciudad de Guayaquil, desde las 20h00 del día 14 de julio de 2021 hasta las 23h59 del día 28 de julio de 2021", dice parte del documento oficial. Esto, con el fin de mitigar la propagación de las variantes hacia el resto del país y reducir la velocidad de contagio.

En ese sentido se dispuso la movilización de todas las entidades de la Administración Publica Central hacia estas localidades, a fin de que trabajen en forma conjunta en la implementación de medidas de prevención y control necesarias para mitigar el contagio de la COVID-19.

En Guayaquil, se limita el derecho a la libertad de reunión y al libre tránsito, conforme las siguientes disposiciones:

Se ordena limitar los aforos al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad en espacios cerrados donde se atienda al publico, y al setenta y cinco por ciento (75%) en espacios de atención al publico abiertos o al aire libre.

Se ordena limitar el aforo en el transporte público al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad ordinaria; se dispone la libre circulación de vehículos privados, sin restricción de placas.

En la provincia de El Oro:

Se ordena limitar los aforos al veinticinco por ciento (25%) de su capacidad en todos los establecimientos de atención al público.

En materia de educación, se suspenden los permisos de uso progresivo, voluntario y alternado de las instalaciones educativas, de aquellos planteles a los que se les había aprobado el Plan de Continuidad Educativa.

En materia laboral, se dispone el teletrabajo obligatorio para el sector publico y privado.

Limitación a la libertad de tránsito:

Se prohíbe el transporte interprovincial desde la provincia de El Oro hacia otras provincias del país.

Se dispone el toque de queda de lunes a jueves desde las 20h00 hasta las 06h00; y los días viernes, sábado y domingo desde las 18h00 hasta la s 06h00.

Por último, rige la libre circulación de vehículos privados sin restricción de placa.

Se exceptúan de estas limitaciones a servicios de salud y personal sanitario; de seguridad y emergencias; sector estratégico, exportador e importador; prestación de servicios básicos; provisión de alimentos, medicinas, industrias y relacionados al cuidado y crianza de animales; trabajadores de los medios de comunicación y abogados; plataformas, servicios de entregas a domicilio; servicio diplomático; actividades relacionadas al sector financiero - bancario; personas que tienen agendadas sus citas conforme el plan de vacunación y con citas médicas agendadas; entre otras.

El Gobierno Nacional hace un llamado a la ciudadanía a mantener los protocolos de bioseguridad y a informarse por fuentes oficiales. Además, es insta a acudir a los centros de vacunación, de conformidad al plan dispuesto por el Ministerio de Salud Pública, pues esta es la única manera de combatir a la pandemia.

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