Tras una sesión extraordinaria, realizada el miércoles pasado, el Pleno de la Corte Constitucional, en decisión unánime, identificó la vulneración del derecho a la identidad y al reconocimiento de la personalidad jurídica de un migrante retornado de la tercera edad, quien presentó una acción de hábeas data en contra del Registro Civil y lka Secretaria Nacional de Administración Pública.
Los obstáculos para el reconocimiento de la identidad, según la Corte, habrían sido provocados por la asignación de un número que no le correspondía, lo que impedía que esta persona goce de sus derechos o acceda a servicios.
Por lo tanto, exigió al Registro Civil que repare al migrante con la rectificación del número de la cédula de ciudadanía, la asignación de una numeración conforme los datos de su inscripción de nacimiento en el Ecuador y la emisión de certificaciones y constancias de esta corrección.
De igual manera, ordenó al Registro Civil la publicación de las debidas disculpas públicas, dirigidas al accionante en la página principal del sitio web institucional durante 1 mes de forma ininterrumpida.
Finalmente, el máximo órgano de justicia constitucional recordó que una de las obligaciones del Estado ecuatoriano en relación a personas migrantes retornadas (consideradas como grupo prioritario), es asegurar la emisión de la documentación de identidad que no impida, ni limite el ejercicio de sus derechos estipulados en la Ley, con la finalidad de “propiciar la reconstrucción de los vínculos sociales, económicos y culturales que requieren en su proceso de retorno e integración al país”.