El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) anunció, este viernes 19 de agosto de 2022, que ya está listo el reglamento para la evaluación de los notarios a nivel nacional.
El referido reglamento señala que los estándares de evaluación para los notarios serán los previstos en el artículo 301.2 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ). Además, establece que el proceso contará con una veeduría ciudadana.
En vista de aquello, los notarios que cumplan con los parámetros de rendimiento que exige la reforma al COFJ podrán reelegirse para un segundo y último período, tal y como lo señala la Constitución.
Y aquellas vacantes que dejen aquellos notarios que no superen la evaluación, solo podrán ser llenadas a través de un concurso de méritos y oposición.
Luego de haberse aprobado el reglamento para la evaluación de notarios, la institución informó que procederá a la emisión del respectivo instructivo, donde se fijará el cronograma del proceso.
No se pueden crear más notarías
El actual CJ, además, enfatizó que desde 2019 que está en funciones no ha designado a ningún notario y que no se pueden crear más notarías.
También apuntó que la Contraloría General del Estado, en un informe del 8 de mayo de 2020, recomendó que se debe determinar con base en un estudio técnico el número de notarías que requiere el país.
Aquello, debido a que, según la institución, la administración del CJ 2013-2018 creó notarías "sin el debido sustento técnico". Actualmente, existen 595 notarías a nivel nacional.
Por lo que, según la actual Judicatua, cumpliendo la recomendación de la Contraloría- aprobó una metodología para determinar la "cobertura óptima del servicio notarial a nivel nacional, la cual busca determinar el número necesario de notarías que demande la realidad de cada cantón en el territorio ecuatoriano, creando o suprimiendo notarías de manera técnica".
Y que una vez que el CJ cuente con los resultados de la metodología, podrá determinar la necesidad de convocar a los concursos de méritos y oposición que permitan el ingreso de nuevos notarios.
Pese a que el CJ no puede designar notarios de manera directa, la institución argumentó que "con la finalidad de no interrumpir los servicios notariales en el cantón en donde se generó una vacante, se dispuso el encargo de esas notarías (protocolo) a las y los notarías del lugar o cantón más cercano".
Por último, la institución alegó que únicamente ha procedido con el cumplimiento de decisiones jurisdicciones constitucionales y ordinarias, que han dispuesto el reintegro de notarios que fueron separados de la institución en administraciones anteriores.