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Dictan sobreseimiento a favor de Dalo Bucaram y Gabriela Pazmiño por delincuencia organizada; ellos se pronuncian

viernes, 14 mayo 2021 - 07:53
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Este jueves 13 de mayo de 2021 se llevó a cabo la reinstalación de la audiencia preparatoria de juicio por presunta delincuencia organizada para acceder a convenios de pago irregulares en hospitales del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de Guayaquil.

En la diligencia, que inició a las 12h30 y duró alrededor de dos horas, el Juez de Garantías Penales Ronald Guerrero Cruz dio inicio a la lectura de la resolución.

El magistrado llamó a juicio a a Noé Salcedo Bonilla y Jorge San Lucas, pero dictó sobreseimiento a favor de Abdalá Bucaram Pulley y su esposa Gabriela Pazmiño. En referencia al sobreseimiento, la Fiscalía General del Estado informó que ya interpuso su apelación de forma verbal.

"Luego de meses luchando, hoy el derecho nos da la razón. Acaban de otorgar a mi defendido @daloes10 auto de sobreseimiento en el proceso que la Fiscalía injustamente lo acusaba", manifestó Alfredo Arboleda, abogado de Bucaram.

De su lado, los esposos Bucaram y Pazmiño, quienes están fuera del país, han publicado algunos mensajes en los que aparentemente celebran la resolución del juez.

"Yo creo en un Dios de milagros, cuando el mundo te señale, recuerdo sólo Dios conoce tu corazón y Él es quien hará justicia!!!! DIOS ES BUENO, gracias Señor!!!! No diré más..... por ahora #FuerzayFe", escribió Bucaram en su cuenta de Instagram.

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Por último, el magistrado tuvo que suspender la audiencia por motivo de otro diligencia y dispuso la reintalación para este lunes 17 de mayo de 2021.


El resto de implicados tendrá que esperar para conocer si van o no a juicio, entre ellos: Daniel Salcedo, Iván Granda, Michel Bucaram, Jacobo Bucaram y otros.


Al inicio de las investigaciones, la fiscalía acusó a los procesados por su presunta participación en el delito de asociación ilícita, por la supuesta comercialización de insumos médicos en hospitales de Guayaquil, que hace referencia a la comercialización de bienes públicos y se sanciona con una pena privativa de libertad menor a cinco años.


Sin embargo, los elementos luego determinarían que no se trataba solo de delitos fines, cuya sanción es menor a cinco años, sino que, por ejemplo, a los procesados se les favorecía con la adjudicación de contratos, mediante convenios de pago a través de hospitales del IESS del Guayas o que fueron beneficiarios de convenios de pago en los hospitales de Los Ceibos y Teodoro Maldonado, según los primeros resultados de la investigación. Por lo tanto, se les formuló cargos por el delito de delincuencia organizada.

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