Tras más de dos décadas, un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia ha condenado a 26 años de prisión a los expolicías Erick Salinas Monge, Mario Cevallos Loachamín, Aurelio Chila Placencia y Orlando Villacrés Ascencio por su implicación en la desaparición forzada de tres ciudadanos, en el caso conocido como González y otros. La sentencia fue dictada por unanimidad.
El trágico suceso se remonta al 19 de noviembre de 2023, cuando Johnny Gómez, César Mata y Erwin Vivar fueron víctimas de desaparición forzada a manos de una estructura para-policial, en una farmacia ubicada en la Ciudadela Alborada, al norte de Guayaquil.
La operación policial dejó un saldo de ocho personas ejecutadas extrajudicialmente y tres desaparecidos. El caso también es conocido como caso 'Las Dolores', por ser el nombre en común de algunas esposas de las víctimas.
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La lucha por justicia ha sido extenuante. En una entrevista para Contacto Directo, María Dolores Guerra, viuda de Johnny Gómez, compartió las penurias y el desgaste emocional que ha enfrentado en estos años. "Recibí presiones, humillaciones, señalamientos a mi esposo, pero finalmente pude hacer justicia", confesó Guerra.
"Esta lucha nunca tuvo sed de venganza, pero sí tuvo una sed de justicia", afirmó Guerra con firmeza. Al recordar el momento en que el juez leía la sentencia, este lunes 5 de agosto, describió una sensación de alivio: "Sentí frescura... como cuando te dan un poco de aire y te dicen descansa un poco".
Sin embargo, Guerra también ha recordado que el Estado aún tiene la obligación de buscar y ubicar los restos de su esposo. Ayer, indicó que "hoy brilla una parte de la Justicia al menos". "Pero esa parte brillará más cuando yo encuentre el cuerpo de mi esposo, lo entierre y pueda decir que me siento bien emocionalmente", advirtió.
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"Hoy se ha reconocido que esa lucha que inicié el 19 de noviembre de 2003, siendo una joven de 22 años y corriendo con un niño de 5 años en brazos. Lo que denuncié ese mismo día es la verdad: que lo mataron, que lo desaparecieron y que existen todavía personas vinculadas a este delito que no están, entre ellos el mayor González que lideró el operativo y está prófugo", resaltó la viuda al salir de la audiencia.
El abogado de Guerra, Juan Pablo Albán, destacó que faltan aún por sentenciar a otros acusados que se encuentran prófugos, y valoró que el tribunal "determinó que no se trató de un acto azaroso, sino de una acción planificada por la Policía Nacional".
Durante la audiencia de juzgamiento instalada en abril, la Fiscalía General del Estado presentó 1 testimonio anticipado, 8 testigos, 5 peritos, 3 testigos expertos y 5 pruebas documentales con las que demostró que se produjo la desaparición forzada de los tres ciudadanos a manos de una estructura para-policial.
Dicho grupo estuvo dirigido por el exmayor de Policía, Eduardo G., y conformado por varios miembros de la Policía Nacional en servicio activo y uno en servicio pasivo, quien actuó con el consentimiento de todas las autoridades involucradas en este hecho.
La Fiscalía expresó que, para cometer el delito, los miembros de este grupo para-policial habrían planificado con antelación su intervención en el referido lugar. Por ello, se reunieron ese día desde las 05:00 en las instalaciones de la Policía Judicial de Guayaquil.
Posteriormente, procuraron estar presentes en las inmediaciones de la farmacia previo a que, se suscitara el robo y así tener garantizada la intervención en el control del interior y exterior del lugar.
Una vez que procedieron a privar de la libertad a las víctimas, desde su distribución de roles, emprendieron un sinnúmero de transgresiones de diversa índole. Primero, llevaron a las víctimas a un vehículo Nissan Pathfinder y posteriormente los trasladaron a las instalaciones de la Policía Judicial.
En dicho lugar, continuaron con las torturas, esta vez en contra de Jhonny Gómez y Erwin Vivar, quienes, luego de haber sufrido agresiones físicas, fueron arrojados al estero salado.
El fallo condenatorio dictado por el Tribunal conformado por los jueces Felipe Córdova, Javier de la Cadena y Julio Inga también contempla el pago de una multa de 800 salarios básicos ( 368.000 dólares), el tratamiento psicológico para las víctimas indirectas y la reparación material.
El Tribunal también ordenó que la Comandancia de la Policía Nacional reconozca públicamente la grave violación a los derechos humanos cometida el 19 de noviembre de 2003, cuando un grupo policial actuó al margen de la ley.
Además, se solicitó que se pidan disculpas públicas a las víctimas por este hecho. El Tribunal dispuso también que se coloque una placa en memoria de las víctimas en la farmacia de la Alborada.
Asimismo, que la Comandancia cree una Unidad Especializada en Derechos Humanos, integrada por personal civil y policial, para la capacitación y supervisión de las actuaciones policiales. Además, dispuso que se publique la sentencia en la página web institucional y que se envíe por correo electrónico a todos los funcionarios de la institución.
En noviembre de 2014, la sala penal de la CNJ condenó a dieciséis años de prisión a cinco expolicías acusados de perpetrar una "ejecución extrajudicial". En principio, el caso fue clasificado como un "delito en función", aunque luego fue tramitado como un "delito común" en el entorno de graves violaciones a los derechos humanos.