El expresidente de la República Abdalá Bucaram podría enfrentar un nuevo proceso judicial en su contra por "incumplimiento de decisiones de autoridad competente". El Tribunal de Garantías Penales de Guayaquil denunció que el procesado buscaría dilatar el proceso, diferir las audiencias y evitar que se pueda resolver su situación jurídica en torno a un presunto delito de tráfico ilícito de armas de fuego.
Mediante una providencia de fecha 6 de julio de 2021, los magistrados declararon fallida la audiencia convocada el pasado 21 de junio y responsabilizaron de aquello al exmandatario, al considerar que no justificó "conforme a la ley" su inasistencia a la diligencia prevista. Además, emitieron fuertes criticas contra el médico y los abogados de Bucaram.
En el auto resolutorio, los jueces tomaron en cuenta los siguientes aspectos:
- El documento que presenta (Bucaram) como certificado médico, conferido por el Dr. Roberto Gilbert Febres Cordero, "de ninguna manera se puede aceptar que cumple con el objetivo fundamental, cual es el de determinar que el procesado en esta causa estaba en imposibilidad de conectarse mediante un medio telemático y comparecer a la audiencia de juzgamiento convocada; la Fiscalía Provincial practicó una evaluación y determinó efectivamente las afecciones cardíacas de las que adolece el procesado, pero así mismo se determinó que no está en imposibilidad de comparecer a juicio, ni se diga si se le dio la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de los medios tecnológicos o telemáticos a su alcance".
Sobre el certificado presentado el día de la audiencia, el Tribunal mencionó que, el galeno antes mencionado, mediante una llamada telefónica, atendió a la 01H00 a Bucaram Ortiz (...) y que a eso de las 03H00 informó sobre la mejoría del paciente.
Sin embargo, lo jueces cuestionan que el cardiólogo luego diagnosticara a Bucaram como un “paciente con múltiples comorbilidades" y que haya sugerido "reposo absoluto, no esfuerzo físico, alrededor de 15 días".
Esta es la quinta convocatoria que basado en el mismo motivo se busca dilatar el proceso, enfatizaron los jueces, al agregar que aquello se evidenció cuando "de forma inexplicable sí comparece a la audiencia (por delincuencia organizada) convocada para el mismo día a las 10H00, mediante sistema telemático, donde jamás se presentó ningún certificado médico y la diligencia se cumplió".
El Tribunal añade que la situación médica de Bucaram no le impide presentarse en audiencia de juzgamiento y "tan cierto es aquello que ese mismo día lo hizo en otra audiencia del juicio", referente al delito de delincuencia organizada en contra del expresidente y su hijo Jacobo, donde una jueza declaró la nulidad de todo lo actuado por Fiscalía.
En ese sentido, los jueces señalaron que la intención del cardiólogo dejó "mucho que desear frente a la seriedad y confianza que debería proporcionar un Médico Director de una Clínica, hacia la Administración de Justicia".
Además, sancionaron a los abogados defensores de Bucaram, Alfredo Arboleda Subía y Fernando Rosero González, debido a que no habrían justificado "satisfactoriamente y conforme a Derecho" su no comparecencia a la audiencia de juzgamiento antes señalada. Se les impuso la multa de un salario básico unificado del trabajador en general (400 dólares), a cada uno.
En su providencia, los jueces cuestionaron que, pese a que la otra audiencia por delincuencia organizada fue notificada "con mucha posterioridad", hubo la preferencia del procesado por acudir a esa diligencia. "Lo que es peor desde las 11H05, en que concluyó esa diligencia, hasta las 14H00, se disponía del tiempo necesario y suficiente como para que igualmente el abogado usando alguno de los medios telemáticos se conecte y de atención al llamado de la Autoridad, pero no lo ha hecho, igualmente desoyendo la convocatoria legalmente realizada y notificada", dice parte del escrito.
Los jueces citaron el art. 26 del Código Orgánico de la Función Judicial, que se refiere a "todo modo de abuso del derecho, el empleo de artimañas y procedimientos de mala fe para retardar indebidamente el progreso de la Litis".
Asimismo, el Tribunal ofició a la Fiscalía Provincial del Guayas para que, de estimarlo procedente, de paso a una indagación previa, "tomando en consideración que existe una conducta reiterativa y un afán de retardar su juzgamiento"
Por tratarse de la quinta convocatoria, los magistrado notificaron el proceso a la Defensoría Pública, para que en caso de no comparecer ninguno de los defensores particulares se designe un Defensor Público que asista al exmandatario.
Por último, se convocó para el próximo 2 de septiembre a las 08h30 a una nueva audiencia de juzgamiento, que se realizará en la Unidad Judicial Penal Norte No. 2, ubicada en el Centro Comercial Albán Borja. Bucaram, quien cumple medidas sustitutivas a la prisión preventiva, deberá comparecer mediante videoconferencia.