La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informó que a partir del 1 de julio empezará a regir el artículo 284 del Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; que sanciona a los motociclistas que circulen entre vehículos o en zonas no permitidas como aceras.
Asimismo, se penarán las “maniobras peligrosas” como rebasar en una vía que tenga línea continua, circular entre vehículos durante un semáforo rojo, “entre otros movimientos que pongan en peligro a peatones y otros vehículos”, expresó el director general de la AMT, Juan Manuel Aguirre, a El Universo.
Mientras tanto, los motociclistas han presentado sus quejas por la norma. De acuerdo con el presidente de la Asociación Nacional de Motociclistas del Ecuador, Darío Paladines, se hizo un experimento en el cual las motos rodaron en fila en una avenida transitada. Producto de ello los otros conductores les exigieron que salgan de la vía y aparentemente les habrían invadido el carril debido al tráfico que generó la medida.
Paladines comentó que la ley fue promulgada en el 2012 y desde entonces el parque automotriz de Quito ha crecido. Según un artículo de la revista Digestión, la Secretaría de Movilidad indicó que el crecimiento automotor desde el 2010 ha crecido en promedio 7,5% anual. Este aumento sería tres veces más rápido que incluso el aumento poblacional.
El grupo además presentó ante la asambleísta Guadalupe Llori una acción de inconstitucionalidad por vicio de nulidad y ambigüedades en el reglamento.
La sanción para los motociclistas que rompan la ley será de 4,5 puntos menos en la licencia y una multa monetaria del 15% de un salario básico unificado, que actualmente serían 60 dólares.