En agosto de 2011, cinco organizaciones afines al gobierno de la época, demandaron a Revista Vistazo porque días antes de la Consulta Popular del 6 de mayo del mismo año, dio a conocer su opinión contraria a varias preguntas a través de un editorial.
Inicialmente el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) falló a favor de la revista por considerar que una opinión no puede considerarse propaganda política, pero nuevos jueces aceptaron la apelacion de los demandantes y en septiembre de 2012 sancionaron al medio con una multa de 80 mil dólares.
Entonces el medio presentó una acción extraordinaria de protección que la nueva Corte Constitucional acaba de resolver, ocho años despúes de los hechos. Por unanimidad los magistrados resolvieron:
-Declarar vulnerados los derechos al debido proceso y libertad de expresión.
-Dejar sin efecto sentencia de 2012 que sancionó al medio.
-Tribunal Contencioso Electoral debe ofrecer disculpas públicas.
-Difundir disculpa en sede del TCE y en su página web.
-Publicar fallo en redes sociales institucionales por 6 meses.
-Capacitar sobre protección a libertad de expresión en contextos electorales.
Francisco Rocha, director de la Asociacion Ecuatoriana de Editores de Periódicos (AEDEP), resalta la importancia de esta sentencia, dice Ecuavisa.
"Lo que demuestra es que había un estado totalitario que quería acallar a los medios de comunicación y esta sentencia reivindica la libertad de expresión... Es bueno que a inicios de este proceso electoral no quieran callar a los medios ni a la gente que hace opinión sino que se preocupen por trabajar de mejor maneja el código de la democracia y la democracia en sí", expresa Rocha.
La alta corte, además, exhorta a jueces y autoridades del sector público para que sus actuaciones se apeguen al respeto a la libertad de expresión.