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Corte declara inconstitucional el último estado de excepción vigente en cinco provincias

En una sesión ordinaria celebrada el 10 de mayo de 2024, la Corte Constitucional (CC) emitió un dictamen desfavorable sobre la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 250.

viernes, 10 mayo 2024 - 22:31
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En una sesión ordinaria celebrada el 10 de mayo de 2024, la Corte Constitucional (CC) emitió un dictamen desfavorable sobre la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 250, que fue promulgado para declarar un estado de excepción bajo la causal de "conflicto armado interno" en cinco provincias del país.

"Esta declaratoria se fundamenta en la situación fáctica descrita en la parte considerativa del presente Decreto Ejecutivo que resalta el incremento de hostilidades y la necesidad de ejecutar operaciones tácticas de combate contra los grupos armados organizados" en las provincias Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos y El Oro, informó el Gobierno cuando se dispuso la medida, el 30 de abril de este año.

El estado de excepción entró en efecto con una vigencia prevista de sesenta días, dentro de los que se ha ordenado la movilización e intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional en acciones coordinadas contra estructuras criminales y se ha suspendido en las provincias mencionadas el derecho a la inviolabilidad de domicilio.

La Corte Constitucional, en su dictamen mayoritario, emitido once días después de la declaratoria, determinó que el decreto no había justificado adecuadamente la configuración de la causal de conflicto armado interno, ni había proporcionado argumentos suficientes para respaldar su ámbito territorial y temporal de aplicación.

En adición, el máximo ente judicial del país señaló que la Presidencia de la República no había demostrado que los hechos mencionados no pudieran ser abordados dentro del marco del régimen constitucional ordinario. La CC agregó que el el presidente Noboa citó informes reservados de inteligencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como sustento, pero acotó que no contenían nueva información.

$!Fotografía de militares desplegados en Manta, tomada el 6 de abril de este año.

El dictamen de la Corte Constitucional contó con dos votos salvados, de las juezas Carmen Corral Ponce y Teresa Nuques Martínez. Ambas magistradas expresaron su discrepancia con la posición mayoritaria, argumentando que el estado de excepción declarado en el Decreto Ejecutivo No. 250 estaba justificado y cumplía con los parámetros jurisprudenciales establecidos.

Al declarar el 'conflicto armado interno' el 9 de enero de 2024, cuyo requerimiento de "persistencia" en las cinco provincias referidas fue en lo que se basó la nueva disposición de los estados de excepción, el Gobierno del presidente Daniel Noboa identificó a 22 grupos de crimen organizado y los ubicó "como organizaciones terroristas" y "actores no estatales beligerantes".

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Al ubicar a estas agrupaciones como beligerantes, en medio de un espiral de violencia que incluyó una irrupción armada a un canal de televisión, el mandatario abrió una puerta legal para que las Fuerzas Armadas, junto con la Policía, actúen con todos sus recursos para neutralizarlos.

En un comunicado referente a la resolución, el tribunal pidió a la Presidencia de la República motivar adecuadamente todo decreto de estado de excepción y ofrecer suficientes datos fácticos que justifiquen un mecanismo constitucional como tal.

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