El polémico caso 'Independencia Judicial' ha dado un nuevo giro este jueves 20 de junio con la primera condena contra uno de los tres exvocales del Consejo de la Judicatura (CJ) acusados de obstrucción de la justicia.
Xavier Muñoz ha sido sentenciado a 9 meses y 6 días de pena privativa de libertad tras acogerse al procedimiento abreviado y firmar un acuerdo de cooperación eficaz con la Fiscalía General del Estado (FGE).
El exvocal fue condenado por interferir en la "libertad de actuación del juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Walter Macías", quien fue suspendido y posteriormente destituido de su cargo por decisión de una mayoría en el pleno del CJ.
Condena y Procedimiento Abreviado
El 28 de diciembre de 2023 Fiscalía formuló cargos contra Wilman Terán, expresidente del Consejo de la Judicatura, y los exvocales Xavier Muñoz y Maribel Barreno, como autores directos del delito de obstrucción de la justicia, en torno a la irregular suspensión y destitución del juez nacional Walter Macías.
Mediante un comunicado, emitido este jueves, la FGE informó que Muñoz fue condenado como autor directo del delito de obstrucción de la justicia, luego de que se acogiera al procedimiento abreviado, al señalar que se trata de un mecanismo de solución de conflicto penal anticipado que "comprende un ejercicio similar al de juzgamiento en cuanto a la responsabilidad y participación del procesado".
En este caso específico, la pena privativa de libertad acordada entre las partes fue de 92 meses. Esta pena se calculó con base en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), considerando la máxima sanción de 7 años más las agravantes establecidas, lo que incrementó la condena en un tercio. Sin embargo, al someterse al procedimiento abreviado, la pena fue reducida en un tercio, resultando en la sentencia de 9 meses y 6 días.
Cooperación Eficaz y Nuevas Revelaciones
Muñoz también firmó un acuerdo de cooperación eficaz, una técnica especial de investigación reconocida internacionalmente. Según la FGE, su colaboración no solo fue relevante para el caso 'Independencia Judicial', sino que ha permitido la apertura de tres nuevas investigaciones previas y ha contribuido a sustentar otras dos causas en proceso.
Según Fiscalía, para que la cooperación eficaz (artículos 491, 492 y 493 del COIP) sea efectiva, es necesario que la información revelada por el procesado que se acoge a esa figura pueda ser contrastada y verificada con otros elementos de convicción.
Además, el Juez a cargo de la causa (en audiencia reservada) debe corroborar que la información develada por el imputado sea sustancial en pro de las otras causas abiertas o de las que ya están en curso "como ya se procedió en esta audiencia", acotó la institución.