Una fotografía enviada por error a una chat familiar de mensajería instantánea develó el cometimiento de un delito de carácter sexual.
En la imagen aparecía una niña, de apenas 11 años de edad, en estado de gestación. Su pronunciado vientre llamó la atención de una tía. Fue ella quien denunció al agresor, identificado como Edison A. B., para quien Fiscalía logró una sentencia de veintinueve años y cuatro meses de cárcel.
El fiscal del caso llevó al procesado a juicio, demostrando que fue el responsable de la violación a su hijastra en 2020. Fruto de esta agresión sexual, la víctima –quien actualmente tiene 14 años– quedó embarazada de su padrastro.
En la audiencia se receptó el testimonio de la tía de la ahora adolescente, denunciante en este proceso. Ella contó al Tribunal que luego de ver la fotografía viajó desde Santo Domingo –lugar de su residencia– hasta Shushufindi, en busca de su hermana y sobrina para obtener una explicación sobre la imagen.
Pese a las insistentes llamadas, dijo, no recibió respuesta. Las sospechas de una violación la llevaron hasta la Junta Cantonal de la Niñez y Adolescencia. Con ayuda de esa entidad y de la Policía, ubicó a la niña, su madre y el agresor caminando a la madrugada por una vía de poco tránsito.
El notorio embarazo de la víctima trajo consigo interrogantes de sus familiares. La primera respuesta que obtuvieron de ella fue que el niño que esperaba era de su “novio”, a quien identificó como “Mikael”, un vendedor de caramelos. Según la investigación fiscal, esta coartada fue ideada por el padrastro.
La tibia respuesta no convenció a la tía, cuyas sospechas recaían directamente sobre Edison A. B.: su cuñado. La niña fue trasladada a una fundación y recibió atención psicológica.
En la conversación que mantuvo con una especialista –testigo de Fiscalía–, la pequeña logró desahogarse y contar la verdad. Narró que su padrastro la violó más de una ocasión.
Su testimonio anticipado fue reproducido en la audiencia de juicio. En el relato, agregó que le contó a su madre sobre estas agresiones, pero que ella no le creyó y que, incluso, intentó obligarla a ofrecer disculpas al violador.
Los testimonios de la experta que practicó la pericia de entorno social, el del médico legista, de la perito psicóloga fortalecieron la acusación fiscal en el juicio.
A más de la pena privativa de la libertad, el procesado fue sancionado con una multa de 600 salarios básicos unificados y al pago de una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima, quien también fue incluida en el Sistema de Protección a Víctimas y Testigos (Spavt).
La sentencia se emitió con base en el artículo 171, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona al delito de violación con una pena de diecinueve a veintidós años, cuando la víctima sea menor de 14 años. Para incrementar un tercio del máximo de la condena, el Tribunal consideró las circunstancias agravantes del artículo 48, numerales 4 y 5 de la misma norma legal, pues embarazó a la niña y, además, esta compartía su núcleo familiar.