Se realizaron varios operativos junto a la Policía Judicial, miembros del Batallón de Infantería de la Marina y la Unidad de Protección del Medio Ambiente (UPMA), en coordinación con el equipo técnico del Proyecto Sistema Nacional de Control Forestal y Vida Silvestre del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.
En una vivienda de la provincia de Esmeraldas, se halló alrededor de 10 especímenes: un loro cabeciazul, dos pecaríes de collar, un loro amazona frentirroja y seis tortugas cabezas pintadas.
Las autoridades procedieron a la retención de las especies y la detención de una ciudadana por tenencia ilegal de vida silvestre, quien se identificó como la propietaria del inmueble.
Por otra parte, en la provincia de Manabí, agentes encontraron a dos ejemplares de tigrillo u ocelote al interior de una casa ubicada en el sector de Tasaste, en la parroquia de Jama y se detuvo a un ciudadano que tenía en su propiedad a los ejemplares de vida silvestre.
Según el Ministerio de Ambiente, todas las especies fueron trasladadas a un centro de rescate donde son evaluadas por veterinarios especializados para su observación y recuperación.
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Asimismo, los encargados de las Direcciones Zonales de esta cartera de Estado, iniciarán los procesos administrativos o penales según correspondan los casos.
Las autoridades recuerdan que los tigrillos u ocelotes se encuentran protegidos por Lista Roja de Mamíferos del Ecuador y IUCN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) y catalogados como Casi amenazada (NT).
Las especies loro cabeciazul también están protegidas por Lista Roja de Aves del Ecuador y en IUCN como Preocupación menor (LC); el loro amazona frentirroja se encuentran como En peligro (EN); el pecarí de collar como Casi amenazada (NT); las tortugas cabezas pintadas se encuentran protegidas por Lista Roja de reptiles del Ecuador como En peligro (EN).
La ciudadanía puede reportar este tipo de hechos al ECU 911, ya que el tráfico y tenencia ilegal de animales silvestres constituye un delito.
El Código Integral penal en su Art. 247 castiga con pena privativa de libertad de uno a tres años a las personas que incurran en delitos contra la flora y fauna silvestres.