“Me pinchó la profe Jéssica con una aguja”. Esa frase quedó grabada en el informe de la pericia psicológica practicada a un niño de 5 años, en la Unidad de Atención y Peritaje Integral (UAPI).
El documento fue de los elementos de convicción presentados por la fiscal Patricia Muñoz, de la Unidad de Personas y Garantías No. 3, durante la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, desarrollada por un presunto delito de actos de odio contra el infante, por parte de una docente.
En sus conclusiones, la perita determinó que se evidenció en la víctima una experiencia de violencia en el entorno educativo, situación que lo obligó a ausentarse del plantel, pues –además– experimentó crisis epilépticas que le llevaron incluso a la hospitalización durante más de una semana.
La Fiscal del caso también citó en la audiencia, la denuncia presentada por el entonces Director Distrital, el 15 de mayo de 2019.
En el relato de los hechos, el exfuncionario indicó que la madre del niño puso en su conocimiento que el pequeño tenía una condición de autismo que requería una atención especial por parte de la profesora, a quien identificó como Jéssica.
La mujer aseguró que su hijo presentaba huellas de violencia ocasionadas con una aguja, presuntamente provocadas por la procesada y que esto le generó miedo de asistir al centro educativo, situado en el sur de Quito.
LEA TAMBIÉN: Sentencian a una profesora por actos de odio contra un niño en Loja
Tras haber concluido con la presentación del dictamen acusatorio, la fiscal Muñoz pidió al Juez de la Unidad Judicial Quitumbe que dicte auto de llamamiento a juicio contra Jessica, por contar con serios indicios de responsabilidad en el delito de actos de odio que sufrió el niño de 5 años. La solicitud fue aceptada.
Luego de esta resolución, Fiscalía se encuentra a la espera que se fije fecha y hora para el desarrollo de la audiencia de juicio, en la que se expondrán las pruebas que demostrarían la existencia del delito y la responsabilidad de la procesada en el mismo.
El delito de actos de odio está tipificado en el artículo 177 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).