El Ministerio de Defensa descartó que en el país se vaya a permitir el libre porte de armas de fuego para combatir la inseguridad ciudadana, después de que el presidente, Guillermo Lasso, anunciase que se permitía la tenencia de armas para la defensa personal.
En una rueda de prensa, el ministro de Defensa, Luis Lara, señaló que el porte de armas de fuego autorizado por el Ejecutivo estará sujeto a los mismos requisitos que para el resto de usos anteriormente existentes.
"Mucho se ha especulado con el libre porte de armas en todo el territorio nacional, lo cual no está contemplado ni en la ley ni en el decreto ejecutivo ni en el acuerdo ministerial que ha sido suscrito y firmado el día de hoy", dijo Lara.
REVISE AQUÍ EL ACUERDO MINISTERIAL QUE REGULA LA TENENCIA Y EL PORTE DE ARMAS EN ECUADOR
"Para tranquilidad de los ecuatorianos, ratifico que se trata de un porte y tenencia de armas de fuego regulada, con requerimientos estrictos, de manera que su uso permita defender la vida y las familias de quienes cumplan con esos requisitos, sin comprometer la seguridad de los demás", añadió.
LICENCIAS A CARGO DE MILITARES
Lara recordó que seguirá siendo el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el encargado de otorgar las licencia y los permisos para el porte de armas de cualquier civil que lo solicite.
Entre los requisitos necesarios para agenciarse con un arma para defensa personal estará ser mayor de 25 años y presentar una petición donde se justifique la necesidad de adquirir el arma.
También se requerirá una certificación de dirección domiciliaria, la factura o contrato de compraventa del arma, un certificado biométrico emitido por la Policía Nacional, un certificado que acredite que no se cuentan con antecedentes penales y otro que demuestre no contar con denuncias o procesos de violencia familiar.
Asimismo, será igualmente necesario un certificado psicológico y toxicológico, así como uno que acredite destreza en el manejo y uso de arma de fuego.
"Es importante destacar que se mantiene la absoluta prohibición de portar armas al interior de instituciones de salud públicas y privadas, instituciones educativas, locales deportivos y todos los establecimientos de servicio público", señaló Lara.
ARMAS ARTESANALES PROHIBIDAS
También se mantiene la prohibición de fabricación y porte de armas artesanales, a excepción de las armas ancestrales dentro de los territorios de comunidades y nacionalidades indígenas, siempre y cuando se enmarque dentro de las prácticas tradicionales para las cuales fueron creadas, como lanzas, cerbatanas, arcos o cuchillos.
Entre los argumentos brindados por los militares para no autorizar el libre porte de armas están los compromisos y tratados internacionales suscritos por Ecuador que exigen garantizar una trazabilidad de las armas.
En ese sentido, solo se permitirán armas, municiones y explosivos llegados directamente de fábrica, sin intermediarios.
Lo que sí se facilitará será la tenencia de las armas a nivel nacional, pues hasta ahora las licencias se limitaban a una jurisdicción provincial, mientras que el certificado de destreza del arma solo será emitido en los centros autorizados por el Ministerio del Interior.
El anuncio de la autorización de porte de armas para defensa personal fue anunciado por Lasso el pasado 2 de abril, como una de las medidas para hacer frente a la delincuencia y la violencia del crimen organizado, tras recrudecerse los índices de asaltos y asesinatos.