En su teoría del caso, el fiscal Wagner Sellán Zambrano dijo que Diana Lucero A. O. anunció en Facebook la venta de su hija de dos años. Esto se conoció por la alerta que hizo una persona a la Policía Nacional, a través del ECU 911.
“En las imágenes que nos llegaron, ella pone su número telefónico para que las personas interesadas en comprar a la niña la contacten”, explicó en aquella época un agente de la Dinapen.
Al enterarse de esto, uniformados llegaron a la Terminal Terrestre de Santa Elena, lugar donde se había acordado la entrega y esperaron la presencia de la mujer.
Cuando fue detenida, la madre, oriunda de Guayaquil, confirmó el acto y dijo que lo hacía porque no tiene suficiente solvencia económica para mantener a su hija. Además, el padre de la niña la había abandonado.
La infante fue rescatada y entregada a su abuela materna, quien indicó no conocer sobre las intenciones de la hoy sentenciada.
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En el juicio, la Fiscalía respaldó este relato con los testimonios de agentes investigadores y aprehensores, de peritos médicos y de trabajo social.
También, con los informes de los agentes de la Dirección Nacional de la Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (DINAPEN), la pericia de reconocimiento del lugar de los hechos, la explotación de cámaras de video de la Terminal Terrestre, la extracción de información del teléfono celular de la ahora condenada, entre otras pruebas.
Es así que un Tribunal de Garantías Penales la declaró autora de trata de personas en grado de tentativa.
Fiscalía procesó este caso con base en lo dispuesto en el artículo 91, inciso segundo, numeral 8, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona este delito de trata de personas con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años, en concordancia con el artículo 39 (tentativa) del mismo cuerpo legal.