La noche del pasado miércoles 9 de agosto del 2023, el mandatario emitió el decreto 841, en el que manifiesta que existe un incremento de la actividad criminal a nivel nacional. Por ello, indica que es urgente una intervención de las instituciones del Estado para precautelar la seguridad de la ciudadanía.
El estado de excepción durará 60 días y dispone que las Fuerzas Armadas participen junto a la Policía Nacional en el restablecimiento del orden público.
El documento establece las siguientes acciones y suspensión de derechos:
-Limitar el derecho a la libertad de reunión para impedir la propagación de acciones violentas. La fuerza pública puede desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas a la seguridad ciudadana.
-Suspende el derecho a la inviolabilidad de domicilio en todo el territorio nacional para realizar inspecciones y requisas.
-Suspensión del derecho a la inviolabilidad de correspondencia para analizar y recopilar datos que tengan como objetivo el cometimiento u ocultamiento de algún ilícito.
-Dispone las requisiciones a las que haya lugar, mismas que están a cargo del Comandante General de la Policía y el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
-Policía y Fuerzas Armadas pueden hacer uso legítimo de la fuerza en contextos necesarios para restablecer el orden público.
-Gobiernos Autónomos deberán apoyar las acciones de las fuerzas del orden y el Ministerio de Finanzas asignará recursos.
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El estado de excepción no implica toque de queda, las personas pueden movilizarse sin restricción en todo el territorio nacional.
De hecho, el decreto 841 garantiza el derecho al libre tránsito y libre desarrollo de actividades económicas.