Durante un operativo ejecutado por Fiscalía y la Policía Nacional, el 10 de agosto, Daniela J. C. fue aprehendida en delito flagrante: en el patio de su vivienda se encontró un arma de fuego tipo fusil y en uno de los cajones de su dormitorio una alimentadora con veintinueve cartuchos.
Durante la audiencia de formulación de cargos, la fiscal de Flagrancia presentó como elementos de convicción ante el Juez: los informes de inspección ocular técnica y de reconocimiento del lugar de los hechos y de objetos e indicios, elaborados por los agentes de la Jefatura subzonal de Criminalística.
A estos se sumaron el parte policial, las versiones de los agentes aprehensores y de la detenida.
En la diligencia, el juez de la Unidad Judicial Penal con sede en Esmeraldas, Walter Caicedo, dictó medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva para Daniela J. C. –como presentación periódica ante la autoridad competente y la prohibición de salida del país– por el presunto delito de armas de fuego, municiones y explosivos no autorizados.
Además, el Magistrado aceptó se juzgue a la procesada en audiencia de procedimiento directo, por lo que la etapa de instrucción fiscal durará veinte días.
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El artículo 361 del COIP sanciona a “la persona que fabrique, suministre, adquiera, comercialice o transporte, sin la autorización correspondiente, armas de fuego, sus partes o piezas, municiones, explosivos, accesorios o materias destinadas a su fabricación”.
El delito está tipificado con pena privativa de libertad de tres a cinco años.