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Nacional

Dictan cargos contra policías en servicio activo por presunta ejecución extrajudicial en Imbabura

Fiscalía formula cargos contra 2 policías en servicio activo por presunta ejecución extrajudicial.

viernes, 28 junio 2024 - 07:59
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En un caso que ha generado conmoción en Ibarra, provincia de Imbabura, dos policías en servicio activo han sido acusados de presunta ejecución extrajudicial. Juan Carlos T. B. y Jaime A. A. enfrentan cargos tras la decisión de un Juez de Garantías Penales, quien acogió los elementos de convicción presentados por la Fiscalía.

El magistrado dictó como medidas cautelares: uso de grillete electrónico, prohibición de salida del país y presentaciones periódicas para los dos uniformados, por su presunta participación en el delito perpetrado contra un ciudadano colombiano de 33 años.

En la audiencia de formulación de cargos, el Fiscal de la Unidad de Derechos Humanos que lleva la causa relató que los hechos datan del año 2015: la víctima habría sido detenida por servidores de la Policía Nacional, por –presuntamente– haber roto el vidrio de un vehículo, estando en estado etílico, y haber protagonizado un escándalo público.

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El hombre de 33 años fue visto por última vez junto a los agentes. Esa información fue corroborada con versiones. Días más tarde, su pareja reportó su desaparición y cinco días después su cuerpo fue encontrado en estado de putrefacción en la laguna de Yahuarcocha.

Fiscalía fundamentó el inicio del proceso penal contra los dos policías, con base en elementos de convicción, entre los que se incluyen: la necropsia practicada a la víctima, el informe pericial denominado “Pericia físico comparativa en cuanto al procesamiento, sistematización, levantamiento de datos, ejecución de cálculos y recreación experimental (criminalística integral)”, el informe pericial consistente en un estudio exhaustivo y análisis técnico científico, y médico legal, el informe pericial de entomología forense y su ampliación, versiones, entre otros.

El delito de ejecución extrajudicial está tipificado en el artículo 85 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años.

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