Álvaro Bolívar C. A., alias “Alvarito” y Alexis Paúl C. V., alias “Casquete” fueron sentenciados como autores materiales del asesinato del presentador de televisión, Efraín Ruales. Pero antes del fallo emitido por el Tribunal Penal del Guayas, con un mismo argumento, ambos buscaban no ser condenados a los 34 años de prisión impuestos en su contra.
Durante la audiencia de juzgamiento -que inició en noviembre de 2021- el abogado de 'Alvarito' argumentó que la Fiscalía practicó "un sin número de pruebas referenciales" y que, incluso, eran "incongruentes" para probar la materialidad del delito.
"No se ha probado absolutamente nada en lo que respecta a mi defendido Álvaro Bolívar C.", alegó el defensor, conforme a lo detallado en la razón judicial del Tribunal.
Por último, el abogado de 'Alvarito' alegó que se trató de un delito "preterintencionalidad" y solicitó que se atenuara la pena solicitada por Fiscalía.
La misma figura de "preterintencionalidad" fue utilizada por el defensor de 'Casquete', quien pidió una sentencia mínima para su cliente, en concreto que se le imponga solo dos tercios de la pena (alrededor de unos 22 años).
"A la luz de pruebas y pericias y tal como lo tiene dicho mi defendido que era solo de asustar a Efraín Rúales Ríos", indicó el abogado ante los magistrados.
Delito preterintencional
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) en la sección primera sobre tipicidad, en el segundo párrafo del artículo 26, señala que responde por delito preterintencional "la persona que realiza una acción u omisión de la cual se produce un resultado más grave que aquel que quiso causar, y será sancionado con dos tercios de la pena".
A diferencia del dolo, definido en el mismo artículo, establece que "actúa con dolo la persona que tiene el designio de causar daño".
'Alvarito', en su versión ante la Fiscalía indicó que la misión era asustar a Ruales, "'pintar el carro' que era asustarlo mas no disparar hacia la humanidad de él, pero ocurrió la muerte del periodista".
El sentenciado también reveló que un hombre "alto, grueso, pelo amarillo choclo, edad 35" identificado como Marcelo, fue "la persona que había dado la vuelta, el que nos contrató".
Y que luego del asesinato, el tal Marcelo se habría molestado porque la intención era solo "asustarlo" a Efraín. "Él nos encamó notas, me dijo qué habíamos hecho, que él mando hacer algo e hicimos lo contrario y bravo, insultos e insultos".
Los argumentos de Casquete y Alvarito fueron rechazados y los jueces del Tribunal, conformado por Allison Ramírez, Francisco Dávila y Carlos Churta, emitieron la sentencia –en el grado de autores- con la pena de treinta y cuatro años y ocho meses de prisión.
'Alvarito', acusado como el autor de los disparos en contra de Ruales, y 'Casquete' como coautor, porque era quien conducía el vehículo que transportaba al sicario, también deberán pagar 1.333 salarios básicos unificados (566.525 dólares) y de 200.000 dólares (cada uno) como reparación integral a los familiares de la víctima.