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TCE ratifica suspensión de derechos políticos contra Verónica Abad: ella aclara que 'no equivale a destitución'

La vicepresidenta apeló una sentencia electoral por violencia política de género.

lunes, 24 marzo 2025 - 13:21
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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratificó la sentencia de primera instancia emitida por el juez Guillermo Ortega, que impuso una sanción económica y la suspensión de derechos políticos contra la vicepresidenta Verónica Abad.

Durante la audiencia de este lunes 24 de marzo, el juez Joaquín Viteri explicó que las declaraciones de Abad contra la canciller Gabriela Sommerfeld socavan la participación de las mujeres en la vida política y consolidan estereotipos contra la denunciante.

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Mientras tanto, la vicepresidenta recordó que no fue notificada de forma correcta del inicio de este proceso y solicitó que la sentencia de primera instancia quede sin efecto.

Sin embargo, la mayoría de jueces del TCE (Joaquín Viteri, Ángel Torres e Ivonne Coloma) decidieron ratificar la condena electoral.

Por su parte, el magistrado Fernando Muñoz no se adhirió al considerar que las declaraciones de Abad no son pruebas suficientes para suspenderla por violencia política. De igual manera, el juez Richard González cuestionó el fallo.

Con ello, Verónica Abad pierde sus derechos políticos por dos años y debe pagar una multa de 14.100 dólares, es decir, 30 salarios básicos.

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$!Verónica Abad suspendida políticamente por dos años.

¿DESTITUCIÓN?

Minutos antes de que se dicte la resolución, Verónica Abad aclaró en la red social X que “suspender derechos políticos no equivale a destituir”.

“Si están pensando destituirme con este mecanismo ilegal mediático están muy mal”, escribió Abad en la red social X.

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Explicó que los derechos políticos son retroactivos y recordó que su cargo fue dado por los ecuatorianos en el 2023. Además, mencionó que “una sanción del TCE no puede usarse como vía para remover a una vicepresidenta, y hacerlo sería un fraude constitucional”.

Abad subrayó que la Asamblea es la única institución que puede cesar de funciones a autoridades de elección popular.

“Suspender mis derechos políticos, no es igual a destituirme del cargo encomendado por el pueblo en urnas para cumplir mi función natural y propia que es ‘reemplazar al presidente en su ausencia’”.


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