RÉPLICA A LA NOTA: "En Manabí y El Oro se compra más de la mitad de casas al contado, según censo inmobiliario", publicada el 10 de septiembre de 2023 en Vistazo.com
La Cámara Inmobiliaria Ecuatoriana, en relación a la noticia generada en varios medios de comunicación el pasado 9 de septiembre del año en curso, sobre las tendencias de Operaciones Inmobiliarias en el Ecuador, pone a conocimiento de la ciudadanía y la prensa lo siguiente:
El sector Inmobiliario formal, es decir tanto Profesionales, Empresas, Constructores y Promotores Inmobiliarios legalmente constituidos y/o acreditados, realizan sus actividades con estricto apego a la normativa ecuatoriana y con todos los filtros correspondientes sobre el origen y licitud de los fondos en sus operaciones.
En este contexto es imprescindible que el país conozca que toda transacción inmobiliaria, previo cumplimiento minucioso de todas las formalidades legales, tasas e impuestos, establece como condición y requisito fundamental, la bancarización del dinero y paralelamente el correspondiente registro contable debidamente facturado; cumpliendo de esta forma la transparencia en su gestión.
De la misma manera comunicamos que bajo Resolución No. UAFE-DG-2021-0364 de 27 de septiembre de 2021 cuya publicación en el Registro Oficial No. 554 fue el 07 de octubre de 2021 establece que:
1. Sujetos obligados a reportar a la UAFE / UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO: Serán considerados como sujetos obligados a reportar a la UAFE las personas naturales, personas jurídicas, y figuras jurídicas como consorcios, asociaciones, entre otras, que se dediquen en forma habitual a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción, que realicen las siguientes actividades, de forma taxativa:
- Compra y venta de bienes inmuebles.
- Actividades de agentes y corredores inmobiliarios en la intermediación de la compra y venta de inmuebles.
- Construcción de obras de ingeniería civil, cuando no se trate de bienes inmuebles.
Además, que todo el movimiento de personas jurídicas (Empresas), se encuentra sujeto a control, tanto del SRI como la Superintendencia de Compañías; balances, estados financieros son presentados de manera permanente a las autoridades correspondientes.
Es así, que requerimos, de acuerdo al artículo 24 de la Ley Orgánica de Comunicación, a los distintos medios de comunicación que hicieron eco de esta noticia, , la rectificación de la información emitida, sacada de contexto de la grabación, ya que su redacción o reproducción se presta para malas interpretaciones, poniendo en duda la transparencia y compromiso del sector en fomentar un mercado inmobiliario eficiente, transparente y altamente comprometido con el fortalecimiento del empleo y crecimiento de la economía.
ESTA RÉPLICA FUE SOLICITADA POR LA VICEPRESIDENTE DE LA CÁMARA INMOBILIARIA ECUATORIANA SUE AMERICA MURILLO BERMEO