25 años, certificados y registro de antecedentes: los requisitos para el porte y la tenencia de armas de uso civil en Ecuador
En Ecuador, un ciudadano civil podrá portar o tener armas de fuego para uso de defensa personal. El presidente de la República, Guillermo Lasso, emitió un decreto ejecutivo de 23 páginas en el que constan las reformas, eliminaciones y agregados a Leyes, Reglamentos y Acuerdos Ministeriales para la autorización del porte de armas.
Según el artículo 15 de la Primera disposición transitoria, estos son los requisitos para que una persona natural pueda portar o tener armas de uso civil para defensa personal:
a) Cumplir al menos 25 años de edad;
b) Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública;
c) Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional;
d) No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito;
e) No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar;
f) Certificado de superar el examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, emitido por Ministerio de Salud Pública.
g) Los demás que establezca el Ministerio de Defensa Nacional y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el efecto.
Del mismo modo, en artículos subsiguientes, se determina que el ministerio de Defensa en coordinación con el del Interior incorporen periódicamente al Sistema Informático de Control de Armas un registro sobre las personas que han sido sentenciadas por un delito, que consten con antecedentes de violencia contra la mujer o miembros de su familia, o personas pertenecientes a grupos delincuenciales organizados.
Con esta medida, el presidente Lasso anunció ayer las acciones que el Gobierno Nacional realiza para combatir la delincuencia e inseguridad. También se incluye que los guardias privados de seguridad colaboren con la Policía Nacional y se decretó un estado de excepción para la Zona 8, las provincias de Los Ríos y Santa Elena. Con esto, el toque de queda rige a partir de las 01h00 hasta las 05h00.