Noboa ordena actualización de manuales que regulan uso legítimo de la fuerza

La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas deberán cumplir esta disposición en un plazo de cinco días.
Redacción Vistazo
15 de agosto de 2024. AMBATO, Ecuador.- Noboa durante la entrega de las Unidades de Policía Comunitaria (UPC) de San Antonio y Santa Rosa, de Ambato.

El presidente de la República, Daniel Noboa, dispuso la modernización inmediata de los manuales que regulan el uso legítimo de la fuerza. Así lo informó la Presidencia de la República este domingo 25 de agosto.

El primer mandatario oficializó esta orden a través del decreto N. 371.

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El presidente Daniel Noboa, junto a policías durante la inauguración de las Unidades de Policía Comunitaria (UPC) de San Antonio y Santa Rosa, en Ambato.

De acuerdo con lo expuesto en el comunicado, se busca tener una respuesta efectiva ante los grupos terroristas “que usan nuevas tácticas para amedrentar al país”.

Noboa fijó un plazo de cinco días para que se cumpla con la actualización de estos instrumentos, desde la firma del decreto realizada este domingo.

USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA EN ECUADOR: ¿QUÉ DISPONE EL DECRETO?

El documento autoriza a la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas el uso de armas de fuego con munición letal o de impacto cinético en las siguientes circunstancias:

- En defensa propia o de otras personas, en caso de amenza o peligro inminente de muerte o lesiones graves.

- Para evitar que se realice un delito o una situación que represente amenaza inminente.

- Para detener a una persona que se considere una amenaza y oponga resistencia a la autoridad.

-Para impedir la fuga de una persona que sea clasificada como una amenaza.

Los ministerios del Interior y Defensa, dentro de sus competencias, serán los encargados de observar el cumplimiento de esta disposición.