Yaku Pérez y Xavier Hervas deberán devolver el 50% del fondo de promoción electoral al CNE
Yaku Pérez y Xavier Hervas, quienes fueron candidatos presidenciales en las elecciones del pasado 20 de agosto del 2023, deberán devolver el 50% del fondo de promoción electoral asignado por el Estado; debido al bajo porcentaje de votos obtenidos.
Así lo estipula el Código de la Democracia en su artículo 223.1, en el que detalla que aquellos candidatos u organizaciones políticas que participen por segunda ocasión y no hayan obtenido al menos un 4% de los sufragios, tienen que reintegrar la mitad de los valores asignados para la campaña.
Xavier Hervas, del movimiento RETO, quedó en penúltimo lugar con tan solo el 0.49% de los votos a nivel nacional. Mientras que Yaku Pérez, de la alianza Claro que se Puede, alcanzó el 3.94%. Los dos también intervinieron por segunda ocasión en un proceso electoral, por lo que aplicaría la norma antes expuesta.
En el caso de Bolívar Armijos, del movimiento Amigo, no funciona porque es la primera ocasión en la que se postula a la Presidencia de la República.
Es así que Xavier Hervas deberá devolver alrededor de 154.621 dólares, porque recibió un cupo para la promoción electoral de 309.243 dólares.
En cambio, Yaku Pérez tendría que pagar unos 200.000 dólares porque recibió más dinero que otros candidatos, puesto que participó en alianza con tres listas. Cuando existen respaldos de varios movimientos o partidos, el monto asignado aumenta como incentivo.
La norma menciona que esos valores deberán regresar al Estado dentro de 90 días contados a partir de la fecha en que se encuentre en firme la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE). En caso de incumplimiento, la autoridad electoral ejercerá su potestad coactiva.
Se espera que en los próximos días, el CNE realice los informes correspondientes para cobrar el dinero asignado a las organizaciones políticas que participaron el 20 de agosto.
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LISTAS NO SERÁN ELIMINADAS
El Código de la Democracia también menciona que aquellas organizaciones políticas de ámbito nacional que no obtengan el 4% de los votos en dos elecciones o al menos tres representantes en la Asamblea Nacional, serán canceladas o extintas.
Sin embargo, estas elecciones anticipadas son consideradas “atípicas”, por lo que las organizaciones no podrán ser eliminadas, según menciona el reglamento del CNE, elaborado para este proceso extraordinario.