TCE emite sentencia a favor de Diana Salazar en caso de violencia política ejercida en su contra
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió este jueves una sentencia de primera instancia a favor de la Fiscal General del Estado, Diana Salazar, por un caso de violencia de género ejercida en su contra.
La entidad jurídica referida declaró como responsables de la infracción a Priscila Schettini y Angélica Porras, denunciadas por la titular del Ministerio Público en septiembre del 2023.
La sentencia en torno a una “serie de agresiones directas e indirectas orientadas a descalificar, desacreditar y obstaculizar el ejercicio de las funciones” de la fiscal fue compartida en redes sociales por la abogada defensora de Salazar, Cecilia Espinoza.
El TCE informó por medio de un documento que, tras haber analizado las pruebas presentadas por Salazar y Espinoza, se “ha determinado la existencia de actos sistemáticos de violencia política de género que afectaron la imagen personal y profesional”.
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Como medida de reparación integral, la entidad ordenó que dentro de un plazo de diez días, las denunciadas den de baja de sus cuentas y la del grupo Acción Jurídica Popular en la red social X todas las publicaciones que contengan el hashtag #Ladyimpericia; #Ladyimpericias o que hagan mención de la fiscal.
Además, dispuso que después de que la sentencia quede ejecutoriada, Schettini y Porras integrantes del colectivo referido, “no podrán publicar, por ningún medio, ningún tipo de comunicación que aluda” a Salazar.
Como medida de satisfacción, las denunciadas también deberán pedir disculpas públicas a Salazar dentro de un plazo de diez días en las cuentas de redes sociales mencionadas anteriormente. El mensaje deberá permanecer publicado y fijado en dichas cuentas durante seis meses.
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Finalmente, como medida de no repetición, las denunciadas deberán acudir, en el plazo máximo de treinta días, al Centro de Apoyo Integral "Las Tres Manuelas" u otra organización similar para recibir cuarenta horas de sensibilización contra la violencia política de género.
Puesto que la sentencia es de primera instancia, las demandadas aún pueden apelar ante el pleno del TCE para que la resolución sea analizada.