OPINIÓN: Tenencia y porte de Armas

En Ecuador, al menos desde finales del siglo pasado, nunca ha existido libre porte de armas.
Rodrigo Gómez de la Torre

Es interesante ver todo el revuelo que ha causado las declaraciones del presidente de la República con respecto a que se amplíe el Porte de Armas para civiles.

Hago referencia a que se amplíe, ya que desde los años 70s se contempla la tenencia de armas, que es poseer un arma de fuego, para mantenerla dentro de la residencia, lugar de trabajo y/o finca, sin poder transportarla fuera de la propiedad.

Por otro lado, está el porte regulado de armas, que tiene que ver con la posibilidad de moverse dentro del territorio nacional con el arma, luego de cumplir una serie de requisitos. En ambos casos el registro del arma es personal e intransferible. El tipo de arma y calibres a los que un civil puede acceder también está normado.

En Ecuador, al menos desde finales del siglo pasado, nunca ha existido libre porte de armas.

Cuando en 2011, a través de un decreto ejecutivo se prohibió el porte para civiles, el sector ganadero pudo explicar las razones por las que se requería retomar el derecho de porte de armas, al menos para este sector, y esto posteriormente se amplió al sector camaronero.

La realidad de la ciudad es muy distinta a la realidad rural y los tiempos de reacción en el campo, hasta que la policía llegue, son mucho mayores, y en la gran mayoría de los casos llegan cuando nada se puede hacer.

Personalmente, siempre he apoyado el derecho de tenencia y porte de armas, y menciono la palabra derecho, porque en el Art. 360 del Codigo Integral Penal, así se lo considera, un derecho. Si bien como representante agropecuario, busco el porte para el sector puntualmente, hay que reconocer que esa medida era discriminatoria.

Considero acertado lo planteado por el presidente Guillermo Lasso.

Es importante reconocer que esta medida, bajo ninguna circunstancia implica que el Estado pierde o transfiere la responsabilidad sobre la seguridad integral, por el contrario, debe ser vista como una medida para que el ciudadano que asume la responsabilidad de tener y/o portar un arma, esté regulado y deba siempre actuar en concordancia y qué mejor que en coordinación con la Policía Nacional.