Juez constitucional niega acción de protección presentada por el Defensor del Pueblo, Freddy Carrión
Respecto al trámite de juicio político que se sigue en contra del Defensor del Pueblo, Freddy Carrión, un juez constitucional resolvió una acción de protección planteada por el funcionario, en contra del Legislativo y de la Comisión de Fiscalización y Control Político.
En una audiencia desarrollada el jueves 2 de septiembre de 2021, el juez constitucional de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en Quito, negó la acción de protección, al resolver que no existieron vulneraciones a los derechos constitucionales a la defensa y debido proceso en el trámite de la fase previa del juicio político.
Según un comunicado del Legislativo, "con ello se ratifica que la Asamblea Nacional garantiza y respeta el debido proceso y el derecho a la defensa de los servidores y funcionarios públicos sujetos a fiscalización y control político, por parte de la Función Legislativa, siempre enmarcados en la Constitución de la República y la ley".
Ayer, durante las comparecencias a la Comisión de Fiscalización, Víctor Jácome, director de Diagnóstico del Servicio Nacional de Atención integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI), señaló que el defensor del Pueblo no utilizó equipos tecnológicos ni telemáticos al interior del Centro de Rehabilitación Social Masculino Pichincha 2, conocido como cárcel 4, donde cumple prisión preventiva.
En este sentido, el asambleísta Ricardo Vanegas insistió que esto confirma que el Defensor del Pueblo autorizó a un tercero para que, en su nombre, suscriba las decisiones por las cuales cesa en funciones a la vicedefensora Zaida Rovira y nombra en su reemplazo a la abogada Tania Castillo Tejada.
Aseguró que esta información es fundamental dentro del proceso de juicio político en contra de Freddy Carrión por incumplimiento de funciones.