CAL calificó a trámite el quinto proyecto económico de Daniel Noboa: ¿Qué se propone en la Ley de Turismo?
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional calificó a trámite el proyecto de Ley Económica Urgente para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, presentado por el presidente de la República, Daniel Noboa.
Este es el quinto proyecto económico urgente enviado por el mandatario en tres meses de gestión y el objetivo de la normativa, según el Gobierno, es fomentar las actividades turísticas públicas y privadas en todo el Ecuador, mediante la aplicación de medidas tributarias y económicas que permitan reactivar el sector. El análisis del mismo estará a cargo de la Comisión de Desarrollo Económico.
Este propuesta normativa reforma las leyes de Turismo, Régimen Tributario Interno, Equidad Tributaria, Emprendimiento e Innovación, Contratación Pública, Transporte Terrestre, Aviación Civil y los Códigos Monetario, del Ambiente, de Organización Territorial y de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad Innovación.
El proyecto de Ley consta de 20 artículos y dos disposiciones transitorias. Además, contiene reformas a varios cuerpos legales. Entre algunas de las propuestas que contempla la normativa están:
Recursos para actividades, programas y proyectos destinados a la promoción, competitividad y desarrollo turístico. El proyecto de Ley agrega un inciso final al artículo 39 de la Ley de Turismo vigente, por el cual el ente rector de las finanzas públicas garantizará las asignaciones presupuestarias necesarias para la ejecución de actividades, programas y proyectos destinados a la promoción, competitividad y desarrollo turístico.
Reducción del impuesto de salida de divisas (ISD) para aerolíneas nacionales e internacionales. Para mejorar la competitividad aérea en el país es necesario, que el Ecuador cuente con la reducción al 0 % del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) a aerolíneas nacionales e internacionales. Esta es una oportunidad para fortalecer la competitividad y tendrá como resultado a corto y mediano plazo la reducción del costo de los pasajes aéreos.
Reformas a la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación. Se prevé la inclusión de la Autoridad Nacional de Turismo en el Consejo Nacional de Emprendimiento e Innovación con la finalidad de promover que las políticas, programas y proyectos que se desarrollan dentro de este órgano tengan la finalidad de impulsar y fortalecer el emprendimiento, innovación y empleabilidad. Esto permitirá que el sector turístico nacional se fortalezca con iniciativas que impulsen el emprendimiento especializado.
Reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Se propone la posibilidad de exoneraciones de tributos y de otro orden, por parte de los GAD, que sean afines a los proyectos turísticos. Con ello. se complementará el incentivo a la inversión y reinversión en el sector. Además, se reconoce la autonomía para establecer incentivos adicionales, permitiendo adaptar estrategias al potencial turístico específico de cada región.
Reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Se incorpora el artículo que dispone que todo transporte público deberá́ contar con un sistema digital y/o satelital de seguimiento y control para la seguridad de los pasajeros, a costa del dueño del título habilitante. Estos sistemas estarán interoperados con el sistema de seguridad del ECU 911.
Reforma al Código Orgánico del Ambiente. La normativa plantea contar con el apoyo del sector privado que, cumpliendo con la normativa dispuesta en este proyecto de ley y demás regulación secundaria, podrán realizar inversiones calificadas, con bajo impacto ambiental, generando empleo y divisas.
Reforma al Código Orgánico, Monetario y Financiero Libro I. Se prevé́ la disposición para que las Instituciones del Sistema Financiero Nacional, puedan generar procesos simplificados para que los actores del sector turístico puedan cumplir con sus obligaciones de manera tal, que no se pierdan plazas de trabajo, que se mantengan abiertos y activos los negocios, que no se lleguen a procesos de disolución y cierre que generan gastos adicionales a la carencia de recursos.
Reformas a la Ley de Aviación Civil. El recargo del 5% sobre el valor de los combustibles y lubricantes de aviación se reducirá de manera progresiva en un punto porcentual al año, medida que contribuirá a abaratar los costos de los pasajes aéreos al usuario final.