Crisis entre Ecuador y México: estas son las 10 resoluciones de la OEA
La Organización de los Estados Americanos (OEA) aprobó una resolución con 10 puntos en torno a la irrupción policial en la embajada mexicana en Quito para detener al exvicepresidente Jorge Glas.
El documento tuvo el apoyo de todos los países, salvo Ecuador que votó en contra y El Salvador que se abstuvo. Mientras que México estuvo ausente.
Si bien la OEA ya se había pronunciado sobre la irrupción a la embajada el fin de semana pasado, el texto debatido este miércoles por la mañana es más categórico.
Condenó “enérgicamente la intrusión en las instalaciones de la embajada de México en el Ecuador y los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la misión”.
También llamó a todas las naciones a “respetar” la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, asegurar “la inviolabilidad de las sedes y su personal”, entre otras resoluciones.
Las reacciones no se hicieron esperar y el presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador celebró la decisión del organismo internacional. “Lo que acabamos de ver de la OEA es algo atípico, pero consecuente”, señaló el mandatario durante su conferencia de prensa matutina.
Mientras tanto, la ministra de Relaciones Exteriores de Ecuador, Gabriela Sommerfeld, calificó de “justa” la resolución, pero aclaró que “vamos a hacer respetar también nuestra versión de los hechos”.
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10 PUNTOS RESUELTOS POR LA OEA
1. Condenar enérgicamente la intrusión en las instalaciones de la Embajada de México en el Ecuador y los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la Misión.
2. Reafirmar la obligación de todos los Estados de velar por el respeto de los privilegios e inmunidades de las misiones diplomáticas y del principio de inviolabilidad, de conformidad con el derecho internacional, como requisito fundamental y crucial para las relaciones pacíficas entre los Estados.
3. Hacer un llamado a todos los Estados a respetar y hacer efectivas sus obligaciones y responsabilidades en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y asegurar que la inviolabilidad de las sedes diplomáticas y su personal sea respetada sin excepción.
4. Reafirmar la obligación que tienen los Estados Parte de la Convención de Asilo Diplomático de 1954 de respetar en su integridad todas sus disposiciones.
5. Reafirmar que, sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, todas las personas que gocen de esos privilegios e inmunidades deberán respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor; y que también están obligados a no inmiscuirse en los asuntos internos de ese Estado.
6. Reafirmar que los locales de la misión diplomática no deben ser utilizados de manera incompatible con las funciones de la misión tal como están enunciadas en el Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, en otras normas del derecho internacional general o en los acuerdos particulares que estén en vigor entre el Estado acreditante y el Estado receptor.
7. Exhortar al Ecuador y México a que, de acuerdo con el derecho internacional, inicien un diálogo y tomen acciones inmediatas para resolver este grave asunto de manera constructiva.
8. Poner a disposición de los Gobiernos del Ecuador y México los buenos oficios de la Organización de los Estados Americanos para facilitar todo esfuerzo que pueda ser útil.
9. Instruir al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos que transmita esta resolución al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas.
10. Seguir ocupándose de este asunto y considerar otras acciones que puedan ser necesarias.