E-Money
Si no hay reformas para el uso del dinero electrónico, habrá perjuicios para los usuarios, para el sistema financiero y para el país.
Para los posibles usuarios del sistema de dinero electrónico es perjudicial porque al abrir una cuenta de dinero electrónico (CDE) en el Banco Central del Ecuador, y colocar el dinero que quieren usar para transar a través de la plataforma móvil creada para estos efectos, este dinero no se lo considera depósito. Las transacciones que llevaren a cabo como giros, órdenes de pago u otros no se consideran servicios financieros, solo se consideran medio de pago. Esto significa que el dinero pierde derechos como el seguro de depósito, sigilo, control de cargos y fraudes, a la información, etc.
Más aún, el Banco Central del Ecuador no se responsabiliza ni por fraudes, ni por fallas, ni por licitud de fondos, por lo que los usuarios quedan desprotegidos.
Solución: a) Modificar la ley y resoluciones para que la Cuenta de Dinero Electrónico se la considere Depósito y Servicio Financiero, y b) modificar y cambiar la ley para definir mejor las responsabilidades del Banco Central del Ecuador.
Para el sistema financiero nacional el sistema de dinero electrónico resulta perjudicial porque el único que puede abrir las cuentas de CDE y recibir los fondos de estas cuentas es el Banco Central del Ecuador, sólo él puede crear esta plataforma tecnológica móvil. El sistema financiero es meramente un macro agente, en otras palabras se estatiza este servicio digital que puede ser importante en el futuro, como ya lo es en otros países. El Banco Central del Ecuador no puede ser juez y parte, no puede administrar el sistema central de pagos y al mismo tiempo competir con el sistema financiero nacional recibiendo los fondos directamente de los usuarios. Es el sistema financiero nacional el que debe de abrir las cuentas de dinero electrónico, manejar a sus clientes, recibir los depósitos, diferenciar y competir por los usuarios. El Banco Central del Ecuador únicamente debe administrar el Sistema Central de Pagos, para que la compensación entre bancos se efectúe de forma segura e instantánea.
Solución: a) Modificar o cambiar la ley y sus resoluciones para que la apertura de las Cuentas de dinero electrónico y la recepción de fondos para dichas cuentas las hagan los entes del sistema financiero nacional, y sean parte de los depósitos del ente financiero que abre la cuenta, y no el Banco Central del Ecuador, que pasa a ser el administrador del sistema como lo es para el sistema central de pagos; y b) La plataforma móvil desarrollada por el Banco Central del Ecuador debe ser puesta al servicio de los entes financieros nacionales de forma obligatoria. Los entes financieros decidirán si entran o no, si entran se conectarán al sistema de dinero electrónico modificado y/o sistema central de pagos y pueden brindar este servicio como se lo hace en otras partes del mundo.
Para el país el sistema de dinero electrónico es perjudicial porque la ley y sus resoluciones no son lo suficientemente claras para indicar que el Banco Central del Ecuador no puede ni crear dinero, ni poner a circular moneda electrónica nueva ni financiar déficit de gobierno con este sistema. Solución: a) Al modificar o cambiar los dos puntos arriba indicados se soluciona este problema, b) modificar o cambiar la ley y resoluciones en la parte que indica que el Banco Central proveerá o circulará moneda electrónica, solo administrará el sistema central de pagos.
Si estas soluciones aquí recomendadas se dan, entonces ya el servicio financiero de dinero electrónico o servicios digitales se pudiera desarrollar mejor en el Ecuador, como se está desarrollando en otros países, y estará en manos de los entes del sistema financiero nacional su desarrollo para el servicio de los usuarios y del país.
Mauricio Laniado. Emprendedor, expresidente y
director de Intercredit Bank y Pacific National Bank